Con su nueva identidad, Dayris Estrella Estévez, reconocida legalmente de género sexual femenino, pudiera adoptar niños en caso de contraer matrimonio.
El artículo 68 de la Constitución establece que “la adopción corresponderá solo a parejas de distinto sexo”. En este momento, manifiestan juristas consultados por este Diario, Dayris Estrella cuenta con todos los derechos que tiene una mujer y, por tanto, puede adoptar a menores, si llegara a casarse.
El jurista Xavier Cazar también hace notar que Dayris Estrella Estévez, con su nueva identidad sexual como mujer, tiene el legítimo derecho de adoptar menores, dentro de un matrimonio que ella contraiga en el futuro.
“Antes de la resolución de la Corte de Justicia de Pichincha estaba impedida de esa opción, pero ahora, con su nueva cédula en donde se le reconoce el género femenino, está en libertad de asumir la adopción de menores si así lo decidiera”, insistió.
La Corte Provincial de Justicia de Pichincha, a través de la Tercera Sala de lo Penal, resolvió el pasado 25 de septiembre que el Registro Civil, de manera inmediata, cambie los datos de identificación, de masculino a femenino, de Rolan Eduardo Estévez Carrera, como consta en la inscripción de nacimientos de 1972, por la de Dayris Estrella Estévez Carrera.
Además, dispuso que el Estado ecuatoriano, a través del servicio público de Salud, brinde las facilidades necesarias para que la mujer transexual “pueda acceder médicamente a las condiciones necesarias para la consolidación de su identidad sexual”.
Este es el primer caso de cambio de identidad sexual que se registra en el Ecuador. La Defensoría del Pueblo y la Corte de Justicia de Pichincha coinciden en que ese cambio de género está garantizado en la Constitución vigente e incluso en la anterior, que rigió desde 1998. Además, los tratados y convenios internacionales sobre derechos humanos garantizan respeto a la orientación sexual de una persona.
Según juristas consultados, el cambio de identidad sexual de Rolan Eduardo por Dayris Estrella no supone que desaparecerá su pasado como persona. Lo único que cambia son sus nombres y el género de masculino a femenino, a tal punto que mantiene su número de cédula de identidad.
Así, sus documentos como pasaportes, títulos de estudios, cuentas bancarias, papeleta de votación siguen vigentes, solo se actualizará su nueva identidad.