Luego de analizar las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado, un Tribunal de Garantías Penales dictó sentencia de ocho años de pena privativa de libertad contra Johnny A. El hombre fue condenado como autor del delito de abuso sexual en contra de una niña.
Además, se dispuso el pago de USD 3 000 a la víctima por concepto de reparación integral. Ella fue ingresada al Sistema de Protección a Víctimas y Testigos para precautelar su integridad física y emocional durante el proceso.
La Fiscalía informó que el hecho investigado ocurrió alrededor de las 02:00 del 14 de noviembre de 2021, en el interior de un recinto militar en Putumayo, provincia de Sucumbíos. En el lugar habitaba la niña (de 8 años), junto con su madre, una hermano y su padrastro.
Luego de que la madre saliera del departamento, a buscar una medicina que necesitaba su hijo menor, un hombre –que usaba uniforme militar– ingresó a la vivienda. El individuo atacó a la niña, le quitó la ropa e intentó violarla. Ella se defendió y el agresor huyó del lugar.
Cuando su madre regresó, la menor le contó lo ocurrido. Salieron en la búsqueda del atacante, quien fue reconocido por la niña a bordo de un vehículo. Inmediatamente pidieron ayuda a los militares que se encontraban en el lugar y luego de la llegada de agentes de la Policía Nacional, fue detenido en flagrancia.
Las evidencias
Durante la audiencia de juicio por el abuso sexual, el fiscal del caso presentó, como principales elementos probatorios, los testimonios de la madre, los militares y los agentes de policía que participaron en la detención. Además, se reprodujo el testimonio anticipado de la víctima.
También se presentó el resultado de la pericia médico-legal. De igual forma, una de ADN en donde se confirma la presencia de material genético del agresor. Esto demostró la materialidad de la infracción y la responsabilidad del procesado.
Por las características del delito, la Fiscalía General del Estado acusó al atacante por el delito de tentativa de violación. Sin embargo, el Tribunal consideró que el delito que se cometió fue el de abuso sexual.
Este delito se encuentra tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).