
El proceso para pagar a los perjudicados por la liquidación de la Cooperativa de Ahorro y Crédito CREA avanza. Te detallamos cómo funciona el proceso y desde que fecha los pagos comenzarán.
La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria anunció la liquidación forzosa de la Cooperativa de Ahorro y Crédito CREA el 29 de julio de 2025.
Según explicó la entidad, la suspensión temporal se tomó tras el incumplimiento de causales establecidas en la ley.
La superintendenta, Christina Murillo, afirmó que hubo una mala administración de la entidad. Desde septiembre de 2024 se estableció un proceso de supervisión intensiva sobre CREA.
La cooperativa no pudo justificar los requerimientos necesarios para seguir funcionando.
La funcionaria explicó que al finalizar el proceso se demostró un bajo nivel de solvencia. El indicador mínimo exigido por la normativa es del 9%, pero la cooperativa CREA cerró mayo de 2025 con una solvencia de apenas el 3,39 %.
Dos días después, la Corporación del Seguro de Depósitos (Cosede) anunció la activación del Esquema de Exclusión y Transferencia de Activos y Pasivos (ETAP) para la cooperativa, una parte necesaria del proceso de pago.
Esta medida, dispuesta por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS), busca resguardar el orden financiero y garantizar los derechos de los depositantes.
Según detallaron las autoridades, tras la activación del ETAP la norma establece un máximo de 15 días para la emisión de la resolución de la liquidación forzosa.
Este plazo incluye fines de semana y feriados, por lo que la resolución estará lista el 12 de agosto de 2025.
Luego de esta parte del proceso, a partir del 13 de agosto, la Cosede podrá activar el pago del Seguro de Depósitos.
La SEPS aclaró que el proceso es automático, por lo que los perjudicados no deberán pagar ningún valor ni contratar abogados.
En este tiempo se realizará un listado oficial de beneficiarios por parte del liquidador, Luis Miguel Cabrera.
En el caso de la cooperativa CREA, el Seguro de Depósitos garantiza la cobertura de hasta 32 000 dólares por depositante.
En montos superiores, se deberá esperar otras acciones por parte del liquidador.
En el caso específico de la Cooperativa CREA, se debe esperar hasta 20 días laborables después de la emisión de la resolución de liquidación forzosa.
Es decir, los pagos se acreditarían a las cuentas de los afectados como máximo hasta el 10 de septiembre. Sin embargo, las autoridades esperan hacerlo antes.
El cobro debe realizarse en agencias del Agente Pagador autorizado por Cosede, cumpliendo con el cronograma oficial.
Los requisitos varían según la condición del beneficiario. Las personas naturales deben presentar la cédula vigente; los ciudadanos extranjeros, su pasaporte.
Para personas jurídicas, se exige documentación del representante legal inscrito y vigente.
También se detallarán procedimientos para herederos, menores de edad y representantes legales, con énfasis en la validez legal de los documentos presentados.