
A través del Decreto Ejecutivo 423, el presidente Daniel Noboa declaró un nuevo estado de excepción en Ecuador, que tendrá una duración de 60 días, a partir de hoy 16 de junio de 2026. Esta medida responde a la ‘grave conmoción interna’ que atraviesa el país.
El estado de excepción estará vigente en diez provincias y tres cantones. Las provincias donde regirá la medida son son:
Además, los cantones afectados son:
En las áreas donde se aplica esta medida, el Gobierno podrá suspender o limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio y a la inviolabilidad de correspondencia.
Esto permitirá a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional realizar allanamientos inmediatos en operaciones contra el crimen organizado. Además, se facilitará la identificación, análisis y recopilación de información necesaria para prevenir o neutralizar amenazas a la seguridad.
Esta declaración no interrumpirá las actividades de las funciones del Estado, y podrá renovarse hasta por treinta días más si las causas que lo motivaron persisten.
El decreto también dispone la requisición temporal de bienes y servicios de origen ilícito que sean “estrictamente necesarios para garantizar la continuidad de las operaciones de las fuerzas de seguridad”.
El decreto no menciona si esta medida incluirá un toque de queda. Por lo tanto, se entiende que la declaración solo responde a un estado de excepción sin restricciones adicionales.
El decreto del Ejecutivo no menciona que se vaya a operativizar un nuevo toque de queda, tal como ocurrió en mayo pasado. El último toque de queda en Ecuador rigió desde el 3 de mayo hasta las 05:00 del lunes 18 de mayo. La medida dispuesta por el Gobierno Nacional estableció una restricción de movilidad obligatoria a nivel nacional de 23:00 a 05:00.
Principales preguntas sobre estado de excepción y toque de queda
Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Sucumbíos y Azuay. El presidente Daniel Noboa decretó el estado de excepción por 60 días debido a una “grave conmoción interna”, con aplicación en diez provincias y tres cantones adicionales.
La inviolabilidad del domicilio y la inviolabilidad de la correspondencia.
La medida permite a las fuerzas de seguridad realizar allanamientos inmediatos y recopilar información para combatir estructuras criminales y amenazas contra la seguridad pública.
No, el decreto no establece un toque de queda. Aunque el último estado de excepción incluyó restricciones de movilidad entre las 23:00 y las 05:00, el nuevo decreto únicamente dispone medidas extraordinarias de seguridad sin limitar la circulación de personas.
Podrán ejecutar operativos especiales y allanamientos relacionados con el crimen organizado. El objetivo es facilitar acciones de inteligencia, identificación de amenazas y neutralización de grupos delictivos en las zonas más afectadas por la violencia.
Tendrá una vigencia inicial de 60 días. El decreto establece que la medida podrá extenderse hasta por 30 días adicionales si persisten las condiciones de inseguridad y las causas que motivaron su implementación.