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Un docente de una unidad educativa de Riobamba recibió una sentencia de 17 años y cuatro meses de prisión por el delito de abuso sexual contra dos estudiantes de cuatro años. El Tribunal de Garantías Penales que conoció el caso determinó la responsabilidad penal de Carlos Alberto C. L. tras el análisis de las pruebas que presentó la Fiscalía.
Los hechos ocurrieron el 6 de octubre de 2025 en el aula de Educación Inicial 2. Las dos niñas permanecieron junto al profesor de música mientras la docente del grado acompañaba a otra estudiante al dispensario médico porque presentaba fiebre.
Según la investigación fiscal, el profesor aprovechó que las pequeñas quedaron bajo su cuidado y, bajo el pretexto de un juego, les tocó sus partes íntimas.
Las madres de las niñas notaron cambios en la conducta de sus hijas después de los hechos. Las pequeñas mostraban mayor sensibilidad, tristeza y aislamiento dentro de su entorno familiar.
Al consultarles sobre esos cambios, las niñas contaron lo ocurrido. Sus relatos permitieron avanzar con la investigación y reunir elementos para el proceso penal.
Durante la audiencia de juicio, el fiscal de la causa expuso los detalles del caso y presentó los elementos probatorios que sustentaron la acusación contra el docente.
Entre las principales pruebas constaron los testimonios anticipados de las dos víctimas. En esas diligencias, las niñas relataron las circunstancias en las que ocurrieron los hechos.
La Fiscalía también incorporó el informe de reconocimiento del lugar y los testimonios de las madres. A estos elementos se sumaron las declaraciones de los profesionales que practicaron las pericias médico-legales y psicológicas.
Los informes psicológicos determinaron afectaciones emocionales y cambios de comportamiento en las pequeñas a raíz de los hechos denunciados. Además, la documentación presentada por la Fiscalía confirmó que Carlos Alberto C. L. trabajaba como docente de música en la institución educativa.
Con estos elementos, el Tribunal concluyó que el profesor cometió el delito de abuso sexual contra las dos estudiantes y dictó una pena agravada de 17 años y cuatro meses de privación de libertad.
El artículo 170, incisos primero y tercero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) tipifica el delito de abuso sexual. La norma establece una pena de 10 a 13 años de prisión cuando la víctima tiene menos de seis años.
En este caso, el Tribunal aplicó circunstancias agravantes e incrementó la pena en un tercio, hasta fijarla en 17 años y cuatro meses de privación de libertad.