Daniel Noboa declara prioridad nacional por emergencia regional ante la época lluviosa

Daniel Noboa declara prioridad nacional por emergencia regional ante lluvias en ocho provincias.

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Daniel Noboa firmó este viernes 27 de febrero de 2025 el Decreto Ejecutivo 310, mediante el cual declaró como prioridad nacional la ejecución articulada e inmediata de acciones de prevención, preparación, respuesta y recuperación frente a los efectos de la época lluviosa de 2026 en las provincias bajo estado de emergencia y en aquellas que mantienen niveles de alerta.

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Emergencia regional por impacto de lluvias en ocho provincias

La medida se sustenta en los informes técnicos de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos y en las resoluciones adoptadas por el Comité de Operaciones de Emergencia (COE), ante la persistencia e intensificación de las precipitaciones a escala nacional.

La Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos declaró por 90 días el estado de emergencia regional por época lluviosa en las provincias de Guayas, Esmeraldas, El Oro, Los Ríos, Manabí, Santa Elena, Loja y Chimborazo.

El decreto recoge que la declaratoria responde al nivel de impacto en la población, la red vial, la infraestructura y los medios de vida generados por los eventos registrados hasta la fecha, conforme el informe técnico presentado ante el COE nacional.

Riesgo de inundaciones y afectaciones

El análisis técnico citado en el decreto evidencia la persistencia e intensificación de las precipitaciones, la saturación de suelos y el alto riesgo de inundaciones, desbordamientos y movimientos en masa.

El documento también advierte afectaciones a infraestructura vial y estratégica, así como a personas en condición de vulnerabilidad, lo que obliga a adoptar medidas urgentes en el contexto de la emergencia regional.

Disposiciones a ministerios

En el artículo 2, el Presidente dispone que los ministerios de Infraestructura y Transporte, Salud Pública, Desarrollo Humano, Agricultura y Ganadería, Defensa Nacional, Interior y Economía y Finanzas ejecuten acciones articuladas de prevención, preparación, respuesta y mitigación frente a la época invernal.

El decreto establece que estas acciones deberán priorizar recursos humanos, presupuestarios y logísticos, conforme a los lineamientos técnicos y a las decisiones del COE Nacional y de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos.

Llamado a los gobiernos autónomos

El artículo 3 insta a los gobiernos autónomos descentralizados municipales, provinciales y parroquiales a priorizar la ejecución y actualización de sus planes de prevención, preparación y respuesta ante la época lluviosa.

También ordena que las acciones se implementen conforme a los Lineamientos Estratégicos para la Preparación y Respuesta ante la Época Lluviosa 2025-2026 y a las disposiciones emitidas por la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos y los COE en sus distintos niveles.

La disposición final establece que las acciones de las entidades de la Función Ejecutiva deberán articularse y coordinarse con la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos, como ente rector del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Integral del Riesgo de Desastres.

Información extra: Daniel Noboa

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