Redacción Negocios
Las autoridades de Comercio Exterior del país corren a contrarreloj para definir cómo restituirán las preferencias arancelarias andinas.
USD 1 791 millones
importó Ecuador de Colombia en 2008. Ese país compró a Ecuador USD 775,3 millones.
A pesar de que el Consejo de Comercio Exterior e Inversiones (Comexi) ya tomó la decisión comercial, hay una sola situación adicional que se quiere concretar: imponer una salvaguardia cambiaria a Colombia.
Esa posibilidad ya genera controversia. Y la primera en expresar su molestia, precisamente, fue la titular de la Cámara de Comercio Ecuatoriano-Colombiana, María Rosa Fabara. Ella se pregunta por qué razón la medida se daría solo contra su país. Ha habidas cuentas de que muchos otros países de la región han devaluado en los últimos meses en razón de la crisis económica.
Esta aparente discriminación también es sostenida por el observador del Comercio Exterior Manuel Chiriboga: “Ecuador debe justificar la medida y tener suficientes pruebas de que la devaluación de Colombia ha sido mayor que la de otros países andinos. Colombia puede decir ‘¿cómo así a mí y no a los otros?’. Parecería que esta acción pasa más por las débiles relaciones diplomáticas”.
Blasco Peñaherrera, presidente de la Cámara de Comercio de Quito, es aún más crítico con el Comexi: “Aplicar una salvaguardia cambiaria con nuestro segundo socio comercial nos traería un impacto negativo en el bolsillo de los consumidores. Se incentivaría la especulación y el contrabando. Hemos intentado, sin éxito, hablar con las autoridades para que nos expliquen las decisiones y consideren nuestro punto de vista”.
Y, en efecto, en el Comexi la decisión se está analizando con pinzas.
Rubén Morán, secretario del organismo, quien hasta el pasado viernes era un vocero oficial, se excusó de dar cualquier declaración, argumentando que “el Consejo decidió que toda declaración solo la podrá dar la ministra coordinadora de la Producción, Nathalie Cely”. Al cierre de esta edición, Cely ofreció dar declaraciones en las próximas horas.
De todas maneras, la alternativa de la salvaguardia cambiaria está en pie. El argumento para aplicarla es que Colombia ha devaluado en un 40% su moneda, lo que ha perjudicado a las exportaciones ecuatorianas. Ese argumento es sostenido por el presidente Rafael Correa desde el inicio mismo de la adopción de las medidas de salvaguardia, el 23 de enero.
Una salvaguardia cambiaria, según el Banco Central, “es un mecanismo de fácil aplicación que equipara la tasa de la salvaguardia con la variación de la devaluación del tipo de cambio en un período determinado”, es decir que la pérdida de valor del peso se trasladará a un arancel.
Chiriboga asegura que, normalmente, ese cálculo se lo hace en referencia a las variaciones de los tres últimos años y abarca el universo total de las importaciones. “Desconozco cómo esté trabajando el Comexi, pero hace algunos años ya barajamos la opción de aplicar una salvaguardia cambiaria y no la instrumentamos por los efectos negativos”.
Peñaherrera y Fabara concuerdan en que de darse esta decisión se afectará el comercio bilateral. “La ruptura entre ambos países es más grande y es posible que se den retaliaciones del lado colombiano”, dice Fabara.
El año pasado, Ecuador exportó a Colombia USD 775,3 millones e importó USD 1 791 millones. Vendió a Perú USD 1702,4 millones y a Bolivia USD 13,4 millones; mientras que les compró USD 562,4 millones a Perú y USD 18,4 millones a Bolivia.
Para disminuir el monto de importaciones, las autoridades ecuatorianas impusieron aranceles desde el 23 de enero pasado , lo que, según la ministra Cely, ha permitido una disminución de las compras en el orden de los
La normativa andina y mundial
La normativa andina permite a los países adoptar una salvaguardia cambiaria. Según el artículo 98 del Acuerdo de Cartagena, “si una devaluación monetaria efectuada por uno de los países miembros altera las condiciones normales de competencia, el país que se considere perjudicado podrá plantear el caso a la Secretaría General, la que deberá pronunciarse breve y sumariamente”.
En este sentido, Ecuador debe enviar a la Secretaría General de la Comunidad Andina (CAN) un informe completo con los elementos técnicos que fundamenten su demanda.
El pronunciamiento de la Secretaría deberá producirse en un mes. Cabe resaltar que la CAN señala que “las medidas que adopte el país perjudicado no podrán significar una disminución de las corrientes de comercio existentes antes de la devaluación”.
En cuanto a la Organización Mundial del Comercio (OMC), este organismo establece que solamente se puede aplicar la medida de salvaguardia cambiaria después de una investigación y de haber comprobado el daño grave o amenaza de daño grave a la industria doméstica. Además, los productos producidos por esta industria deben tener una proporción significativa en la producción doméstica total.
Las variables que serán analizadas son: cambios en las ventas, producción, productividad, capacidad de utilización, utilidades o pérdidas y empleo.