Alfonso López J.
El Dr. Édgar Terán Terán, -prestigioso abogado quiteño, con más de 45años de ejercicio profesional, ex canciller de la República, ex embajador del Ecuador en Washington, experto en Derecho Internacional público y privado, profesor universitario-, fue invitado el pasado 21 de julio a Canal Uno y Sonorama, a dar su opinión -como lo han hecho muchas personas- sobre un video difundido por el ‘Mono Jojoy’, que habla de una supuesta contribución a la anterior campaña presidencial del movimiento Alianza País.
Por esas declaraciones, un ‘acucioso’ agente fiscal le inició una instrucción, presuntamente por contar con la información necesaria y los fundamentos suficientes para deducir una imputación… ¡por atentar contra la seguridad del Estado!
En el supuesto no consentido -como dicen los abogados- de que se hubiese producido el atentado al honor nacional por la difusión de ese video, no es, pues, el Dr. Terán el responsable, sino el propio grupo subversivo, ya que la noticia del ‘Mono Jojoy’ no salió del Ecuador, sino que llegó de afuera; él no ha difundido ninguna noticia y peor falsa, destinada a alterar el orden público o que afecte el honor nacional, simplemente dio su opinión -compartida por más del 50% de los ecuatorianos – sobre el contenido de ese video.
¿Es que acaso es un delito opinar en el Ecuador? ¿En qué queda el derecho a la libertad de opinión, contemplado en el art. 66, numeral 6, de la Constitución que garantiza el derecho de las personas “a opinar y expresar su pensamiento libremente y en todas sus formas y manifestaciones”?