La Corte Constitucional se pronunció sobre el alcance del hábeas corpus para las personas privadas de la libertad en las cárceles de Ecuador. Foto: Archivo/ EL COMERCIO
La Corte Constitucional del Ecuador emitió una sentencia sobre el alcance del hábeas corpus “como la garantía jurisdiccional para la protección de la integridad personal frente a tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes en el ámbito carcelario”.
La sentencia, que se compone de 107 páginas, fue aprobada por unanimidad por el Pleno de este organismo el pasado 24 de marzo del 2021 y se hizo pública este lunes 29.
“La Corte Constitucional hace énfasis en que las personas privadas de libertad se encuentran bajo custodia del Estado y por tanto, corresponde a las instituciones estatales, la protección de sus derechos, en particular, de la integridad personal durante la permanencia en los centros de privación de libertad”, agrega.
En esta sentencia la Corte Constitucional destaca la importancia del hábeas corpus como la garantía jurisdiccional idónea para la protección de la integridad personal y, mediante esta vía, hacer efectiva la prohibición absoluta de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes.
Para ello, la Corte establece definiciones sobre la competencia y desarrolla parámetros sobre cómo deben proceder las juezas y jueces que conocen esta garantía jurisdiccional y cumplir cabalmente con la finalidad correctiva del hábeas corpus, se informó en un comunicado.
La resolución se desprende de la revisión de garantías hecha por este Tribunal sobre cuatro casos de privados de la libertad que habían requerido habeas corpus en la justicia ordinaria.
La Corte determinó que a ellos “se afectó gravemente su integridad personal, en sus dimensiones física, psicológica y sexual”.
Así también, la Corte observó que los hechos de las causas en revisión no son aislados o excepcionales, sino que existe una vulneración estructural y sistemática a estos derechos dentro del Sistema de Rehabilitación Social que pone en riesgo a las personas privadas de libertad, así como al personal que labora en dichos centros.
Finalmente, en los casos concretos en revisión la Corte dispuso algunas medidas de reparación, tales como, el traslado inmediato a otro centro de privación de la libertad, la atención prioritaria en salud física y mental, integración en programas de inserción laboral, disculpas públicas y la investigación de los hechos ocurridos.