La Corte Constitucional (CC) resolvió devolver al Consejo Nacional Electoral (CNE) la petición de consulta popular presentada por el colectivo Compromiso Ecuador. Después de un análisis, esa instancia señala que el órgano electoral actuó sin fundamento cuando les remitió el expediente.
El 13 de febrero del 2015, el Pleno del CNE resolvió enviar a la CC el pedido de consulta popular, con el que se busca frenar la enmienda constitucional sobre la reelección indefinida y consecutiva de las autoridades de elección popular. El expediente fue remitido a la CC el 18 de febrero.
Sin embargo, esa acción no tuvo fundamento legal, según resolvió el Pleno de la Corte. En un oficio del 19 de marzo, la CC señala que la resolución del CNE “no tiene fundamento constitucional, ni legal, pues el CNE no tiene competencia para ‘disponer al secretario general remita la petición de consulta popular (…) a la CC’”.
Además la Corte señala que “este criterio ya ha sido reiterado por el Pleno del organismo en ocasiones anteriores y ha sido notificado al CNE”.
Por ello, el Pleno de la Corte dispone la devolución inmediata de la documentación que entregó el órgano electoral.
También responde el pedido de amicus curiae que hizo Compromiso Ecuador, con e que pidieron ser recibidos en audiencia sobre el análisis de esta iniciativa de consulta popular.
Al respecto, señala que el oficio del CNE no generó el inicio de un expediente constitucional ni el inicio de acción alguna, por lo que no puede recibir en audiencia a los peticionarios.
La pregunta que Compromiso Ecuador plantea señala: “¿Está usted de acuerdo con que en el Ecuador se permita la reelección indefinida del Presidente de la República y otros cargos de elección popular?”.