La vía que conecta a la provincia Tsáchila con Los Ríos es monitoreada por radares fijos y móviles. Foto: EL COMERCIO
Los conductores que viajan por la vía Santo Domingo-Quevedo, en la Costa del Ecuador, se quejan por el exceso de multas generadas por dos fotorradares de esa carretera.
Los dueños de los vehículos insistieron este 12 de marzo del 2020 a las autoridades que verificaran los dispositivos debido a las reiteradas sanciones que han recibido y que en algunos casos superan los USD 2 000.
Los fototradares están en los kilómetros 15 y 18 en el trayecto entre Santo Domingo y Luz de América.
Las multas se reportan desde el 2019 y los sancionados dicen que se han enterado cuando asistieron a la revisión vehicular y la renovación de su licencia de conducir.
Un comité de 40 afectados se conformó para pedir a la Defensoría del Pueblo que intervenga con una acción judicial. Esto ocurrió luego de que los conductores expusieron la situación ante la prefecta de Santo Domingo, Johanna Núñez.
La Defensoría del Pueblo convocó a una audiencia pública a los funcionarios de la Agencia Nacional de Tránsito, Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE) y al Comité de afectados.
En esa diligencia los dueños de vehículos contaron caso por caso lo sucedido. Daniel Alvarado registra 23 multas por exceso de velocidad por un monto de USD 2 600. Supo de las infracciones cuando acudió a renovar su licencia de conducir.
Le informaron que las infracciones las cometió entre junio y diciembre del 2019. Pero Alvarado nunca recibió un correo electrónico y en el sistema de la ANT no había registro.
Roberto Flor tiene USD 2 600 por multas en tres carros de su empresa exportadora de malanga. Cuenta que para continuar con su actividad tuvo que pagar porque no se le permite hacer envíos sino está al día con sus obligaciones en el país.
Jonathan Carrera, director Provincial de la CTE, defendió la operación de los sistemas de verificación de las velocidades en la vía y explicó las modalidades de su funcionamiento.
Aclaró que el panel o visor de velocidad de un fotorradar es un medio que previene al conductor y que siempre está en un lugar estático junto con una cámara. Mientras que el otro sistema es móvil, es decir, una cámara que no previene, sino que actúa inmediatamente cuando un conductor ha excedido un límite de velocidad. Este equipo es operado por agentes de tránsito que se ubican en zonas estratégicas de las rutas. “Nosotros como CTE homologamos la cámara, no el panel solar, ni el visor. Y con base en eso se han levantado las sanciones”, señaló el director de la entidad durante la audiencia.
El abogado de la CTE, Cristofer Cando, también intervino. Explicó que el artículo 417 numeral 6 DEL Código Integral Penal establece la prescripción de una contravención. “Si pasados los tres meses les llega una citación tienen derecho a impugnar y solicitar la prescripción de la multa”.
Cando agregó que es obligación del usuario actualizar de manera periódica los datos del dueño del vehículo en las instituciones de tránsito del país, con correo electrónico, número telefónico y dirección domiciliaria.
De esa forma se tendrá una comunicación efectiva cuando un conductor incurra en una infracción de tránsito, insistió. La CTE se comprometió a revisar la operación de los radares con los técnicos de la entidad.
Pero no ofreció una solución con respecto al pedido de levantar las multas ya registradas porque no hay un procedimiento administrativo que lo disponga.