La bancada correísta de la Unión por la Esperanza (Unes) anunció este viernes 24 de junio de 2022 que presentará el pedido para una posible destitución del presidente Guillermo Lasso. Los legisladores opositores consideran que el planteamiento es una salida a la crisis. La Constitución y la Ley Legislativa delimitan el procedimiento.
El artículo 130 de la Constitución dice que la Asamblea podrá destituir al Jefe de Estado en estos casos:
- Por arrogarse funciones que no le competen constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional.
- Por grave crisis política y conmoción interna.
Planteamiento del correísmo no cuajó en protestas de 2019
Con 47 curules, el correísmo es la bancada más numerosa y bastan sus firmas para activar este procedimiento en el Parlamento. La iniciativa se impulsa en medio de las protestas encabezadas por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) que han generado en varios episodios de violencia en sus 11 días.
En las protestas de octubre de 2019 este bloque no contó este número para solicitar la destitución de Lenín Moreno, cuando también se dieron protestas de distintos sectores sociales por la eliminación del subsidio a los combustibles.
En el artículo 51 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa se detallan los pasos a seguir:
- Solicitud. Para proceder a la destitución del Presidente de la República por grave crisis política y conmoción interna, el Presidente de la Asamblea hará la convocatoria, por si o a petición de al menos la tercera parte de los miembros de esta Función (es decir, 46 legisladores).
- Convocatoria. La sesión ordinaria o extraordinaria del Pleno deberá ser convocada con al menos 24 horas de anticipación, para conocer en un solo debate y de manera exclusiva la destitución del Presidente de la República.
- Notificación. Simultáneamente, con las mismas veinticuatro horas de anticipación y a través de la Secretaría General de la Asamblea, se notificará al Presidente de la República.
- Defensa. El Presidente de la República ejercerá su derecho a la defensa, alegando ante el Pleno sobre la grave crisis política o conmoción interna. Si no se presenta, seguirá el proceso en rebeldía.
- Discusión. Una vez termine la intervención del Presidente, este se retirará de la sesión y se abrirá el debate en el Pleno.
- La resolución se tomará en un plazo de 72 horas, una vez agotados los procedimientos.
- Mayoría. Para proceder a la destitución, se requerirá de una mayoría calificada, es decir al menos 92 de los 137 legisladores.
- Reemplazo. De prosperar la destitución, el Vicepresidente de la República asumirá la Presidencia.
- Nuevas elecciones. En este escenario, el Consejo Nacional Electoral (CNE) en un plazo de siete días deberá convocar a elecciones legislativas y presidenciales para una misma fecha, lo que deberá concretarse en tres meses.
Los votos que requiere el planteamiento del correísmo
Conseguir los 92 votos en el Pleno, no es una tarea fácil para el correísmo, pues el resto de bancadas como el Partido Social Cristiano (PSC), la Izquierda Democrática (ID) y el oficialismo han descartado esta opción.
Además, el artículo 148 de la Constitución faculta al Primer Mandatario para disolver la Asamblea, cuando, a su juicio, se hubiera arrogado funciones que no le corresponden constitucionalmente, previo a dictamen favorable de la Corte Constitucional, o si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan de Gobierno, o por grave crisis política y conmoción interna. No tiene plazos específicos, a diferencia de la Asamblea.
En ambos casos, se trata de un mecanismo que se estableció en la norma suprema de 2008, tras un periodo de inestabilidad política en el Gobierno, y que hasta ahora no se ha aplicado en el Ecuador.
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Posted by El Comercio on Friday, June 24, 2022