La Cancillería ecuatoriana dispuso que los viajeros que lleguen a Ecuador vía aérea deben presentar la prueba RT-PCR con resultado negativo emitida máximo 10 días antes del arribo. Foto: Mario Faustos/ EL COMERCIO
Los requisitos para ingresar al Ecuador vía aérea establecidos por el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, el pasado 11 de septiembre de 2020, continúan vigentes por la pandemia del covid-19.
Así lo ratificó hoy, miércoles 9 de diciembre del 2020, el Ministerio de Relaciones Exteriores en un comunicado, sin precisar hasta cuándo se mantendrán estas disposiciones.
Las medidas significan que todos los viajeros deberán presentar ante el personal del Ministerio de Salud Pública ubicado en el aeropuesto de ingreso al país la prueba RT-PCR con resultado negativo, emitida máximo 10 días antes del arribo al país.
La Cancillería precisó que se incluye dentro de este tiempo la validez de la prueba de aquellos ciudadanos que salgan y retornen al Ecuador en ese lapso.
Añadió que toda persona que ingrese al país y no cuente con la prueba RT-PCR debidamente justificada y presentada ante el puesto del Ministerio de Salud Pública, deberá cumplir con el Aislamiento Preventivo por 10 días, en el lugar que haya señalado a su entrada al país y, en el caso de presentar síntomas de covid-19, será considerado paciente con sospecha de portar el virus y pasará a ser manejado como tal.