La Superintendencia de la Información y la Comunicación comunicó hoy, 4 de febrero de 2016, la sanción a Canal Uno por una supuesta revictimización. Foto: Wikicommons.
La Superintendencia de la Información y la Comunicación (Supercom) difundió este jueves 4 de febrero del 2016 un comunicado sobre la sanción a Canal Uno S.A. por una supuesta revictimización a una adolescente en la edición del 28 de noviembre del 2015 de su programa ‘En carne propia’.
La sanción incluye una multa equivalente a 10 remuneraciones básicas unificadas, tomando como base el monto aplicado en el 2015 (USD 354). A partir de la notificación de esta sanción, Canal Uno tiene un plazo de máximo 72 horas para depositar el dinero en una cuenta corriente gubernamental.
Según el comunicado de la Supercom, el organismo actuó de oficio en este caso, a través de un reporte por una supuesta revictimización a una joven que habría sido abusada sexualmente.
También señala que familiares de la menor aparecen en el programa discutiendo por la presunta violación y se generó una “exposición mediática de conflictos y dramas personales ante la mirada de vecinos y moradores del sector donde la menor se desarrolla; es decir, sometiendo nuevamente a la menor a la vivencia de ese hecho del cual habría sido víctima”.
En la audiencia realizada el pasado 25 de enero, según el reporte de la Supercom, Canal Uno había argumentado que en ningún momento se expuso el rostro y la identidad de la menor, pero el ente regulador señala que durante la emisión del programa se hicieron públicos datos como el nombre de la madre de la muchacha y el sector en donde vive.
La sanción se basa en un supuesto incumplimiento al artículo 32 de la Ley Orgánica de Comunicación. Este se centra en la protección integral de niños y adolescentes y señala que “los mensajes que difundan los medios de comunicación social y las demás entidades públicas y privadas, privilegiarán la protección integral de las niñas, niños y adolescentes, especialmente contra la revictimización en casos de violencia sexual, física, psicológica, intrafamiliar, accidentes y otros”.
El artículo agrega que la revictimización y la difusión de contenidos que vulneren sus derechos, que constan en el Código de la Niñez y Adolescencia, tiene una sanción administrativa que incluye multas de entre cinco y 10 salarios básicos.