Redacción Negocios
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Con 48 votos a favor de 59 asambleístas presentes, el Pleno del ‘Congresillo’ aprobó ayer, en segundo debate, la Ley de Empresas Públicas propuesta por el Ejecutivo.
Se trata de una de las leyes centrales dentro de la hoja de ruta del Gobierno.
El marco legal propone las reglas que regularán a las empresas que manejan los sectores estratégicos como la electricidad, la telefonía, el crudo, entre otros.
La norma será remitida al Ejecutivo, que tiene 30 días para sancionarlo.
Una de las áreas que enfrentará un escenario complejo, una vez se apruebe de manera definitiva el proyecto, es el sector eléctrico.
Las empresas de distribución eléctrica pasarán a manos enteramente estatales. Hoy estas se manejan bajo la figura de sociedad anónima, de derecho privado. Por tal razón, algunas de ellas, como la Eléctrica Quito, Ambato, Emelnorte, Riobamba, tienen accionistas privados.
“Ellos tendrán que vender su participación y tendrán que vender así no quieran”, dijo la titular de la Comisión de Desarrollo Económico, Irina Cabezas.
Otro de los puntos polémicos de la Ley es el que se refiere al manejo del talento humano.
De acuerdo con el texto aprobado, las nuevas empresas tendrán tres tipos de trabajadores: servidores públicos, empleados de libre remoción y obreros.
El proyecto aprobado plantea un manejo especial del talento humano en las compañías.
Por un lado, plantea equidad en los salarios de los trabajadores según la función, responsabilidad, capacitación y experiencia.
Por otro lado, reconoce a la contratación colectiva como un derecho, pero con límites.
El artículo 27 señala que cualquier incremento salarial se realizará con una evaluación previa. Este artículo también restringe el pago a los obreros de bonos, sobresueldos y otros beneficios llamados excesivos.
El Directorio de la empresa, no obstante, podrá revisar los salarios de sus trabajadores.
Este artículo recibió críticas en el Pleno, pues si bien por un lado se limitan privilegios, también abre la posibilidad de revisar salarios. Cabezas señaló que para evitar que esto ocurra el proyecto plantea que la Senres establecerá techos a los salarios.
Otro punto que generó debate fue el relacionado con la capacidad que otorga el proyecto a las empresas públicas para formar empresas mixtas.
En el debate se incluyó un artículo donde se precisa que para buscar el socio que participará en la empresa mixta se realizará un concurso cuando se trate de un socio privado.
No obstante, si el socio es de carácter público, como una empresa de un “Gobierno amigo o empresas estatales dentro del territorio nacional, que justifiquen experiencia para el emprendimiento de proyectos”, la alianza puede hacerse sin concurso.
El proyecto de Ley también plantea que un plazo de 180 días para que las Fuerzas Armadas depuren su participación en diversas empresas.
Para ello, se conformará un Comité de Defensa que determinará en qué empresas pueden continuar las Fuerzas Armadas y cuáles deben venderse. Según Cabezas, las Fuerzas Armadas administran 32 empresas, entre ellas, Flopec, Tame y otras.
Los puntos principales del proyecto
La Ley plantea la creación de empresas públicas vía Decreto Ejecutivo
Art . 18 y 19
Trabajadores.Los servidores de la empresa pública se sujetarán al Código del Trabajo y a la normativa interna aprobada por el Directorio de la empresa pública. La Ley plantea que habrá una remuneración variable cuando los trabajadores cumplan con los objetivos de las empresas.
Art . 34
ContrataciónEl proyecto establece un régimen especial de contratación para los casos en que las empresas públicas hubieren suscrito contratos o convenios tales como: alianzas estratégicas, asociación, consorcios u otros de naturaleza similar. En estos casos será el convenio asociativo o contrato el que establezca los procedimientos de contratación y su normativa aplicable. Actualmente la Ley de Hidrocarburos, por ejemplo, establece la obligatoriedad de hacer concursos públicos.
Art . 47
Control. Uno de los puntos de la Ley que fue incorporado al proyecto inicial remitido por el Ejecutivo fue que el control esté a cargo de la Contraloría General del Estado. En principio, el proyecto planteó que este control a las empresas públicas esté a cargo de una auditoría externa.
Artículos del 6 al 13
Dirección. Los directorios de las empresas públicas tendrán una crítica y enorme importancia. Estos están al frente de la dirección, planificación, aprobación de planes de inversión, entre otros. Están conformados por el Ministro del ramo, los representantes de Senplades y del Presidente de la República. Algunos sectores habían sugerido al ‘Congresillo’ que la conformación de este equipo de dirección sea profesional y no de carácter político, a fin de profesionalizar el manejo de los sectores.