La Constitución reconoce a los discapacitados y a las personas mayores de 65 años total exoneración de impuestos. Tales normas son absolutas, de aplicación directa e inmediata, sin que pueda condicionarse su cumplimiento a requisitos que no estén previstos en la Constitución.
Estas disposiciones no sólo que no se respetan, sino que en la reforma a la Ley de Régimen Tributario Interno que el Ejecutivo ha enviado a la Asamblea, se contraviene la Constitución cuando se establece que la importación de bienes por discapacitados está sujeta al pago del IVA y del ICE, con el derecho a reclamar su devolución. Tales normas, además, constituyen un retroceso frente a la Ley sobre Discapacidades que exonera de tales impuestos.
El Reglamento a esa Ley también es restrictivo, limita los derechos de los discapacitados y los somete a procedimientos de difícil cumplimiento. La persona que quiere acogerse a los beneficios legales debe empezar por obtener un certificado del Consejo Nacional de Discapacitados, lo que parece sensato en cuanto es un instrumento de identificación, pero el trámite para conseguirlo es en exceso complicado: examen médico en unos de los centros calificados.
Este proceso que debería ser sencillo se convierte en una carrera de obstáculos. En el hospital debe solicitarse turno, que se lo dan para el día siguiente, después de esperar en una larga fila que puede tomar una mañana. El día de la entrevista nueva fila y espera, siempre que el médico esté disponible y no haya sido llamado por el Director o asignado a una misión especial, caso en el cual al día siguiente se vuelve a la fila.
En el Conadis la atención es pronta. Pero una vez obtenida su credencial se inicia un segundo vía crucis, cuando de vehículos se trata: nuevos exámenes en la Dirección de Tránsito, con ida y vuelta de una a otra dependencia. Después el informe socioeconómico que demanda, por lo menos, dos entrevistas y traslado de la visitadora al domicilio del solicitante, para que compruebe si está en capacidad económica de adquirir el automóvil, como si fueren insuficientes los certificados bancarios y del Registrador de la Propiedad.
Toda la normativa, en lugar de facilitar a los minusválidos para que ejerzan sus derechos, está diseñada para que salten una serie de barreras al cabo de las cuales queda demostrado que son atletas que no requieren de exoneración alguna. El Vicepresidente de la República, que preside el Conadis y debe haber pasado estas experiencias, haría un gran bien promoviendo una legislación que realmente ampare a los discapacitados y a los que la Constitución llama adultos mayores, para que sus derechos tengan vigencia y no queden en enunciados del buen vivir.