El Ministerio de Educación emitió el Acuerdo No. 0041-14 en el que dispone que lengua extranjera (inglés) se dicte a partir de octavo grado de Educación General Básica (EGB). De segundo a séptimo la materia queda eliminada para el año lectivo 2014-2015 tanto en el Régimen Sierra como Costa.
Según el documento, en la nueva malla curricular se han realizado ajustes a la distribución de la carga horaria tomando en consideración la importancia de cada asignatura y actividad que permitirá el desarrollo integral de los estudiantes.
Por ello establece no solo que la lengua extranjera se imparta desde octavo, sino que se incrementen las horas de lengua y literatura, matemática y entorno natural y social, sobre todo, en los primeros años de EGB.
A la malla también se añaden Clubes. En ellos, los planteles educativos públicos, privados, municipales y fiscomisionales deberán ofertar actividades artísticas y culturales, deportivas, científicas, interacción social y vida práctica.
Esta disposición es obligatoria y entrará en vigencia a partir del próximo año lectivo. Aunque en la disposición transitoria del acuerdo se señala que “una vez que el Ministerio de Educación publique el currículo de Lengua extrajera -Inglés, disponga de los textos escolares y del talento humano necesario para la implementación de esta asignatura en los primeros grados de la EGB, la malla podrá ser modificada”.
El ministro de Educación, Augusto Espinosa, aclaró en su cuenta de Twitter que el cambio de la malla es solo para los planeteles públicos. “La malla curricular establece los mínimos obligatorios, de ninguna manera cierra la posibilidad de ofertar algo más allá de estos mínimos”, publicó.
Lea el acuerdo N0. 0041-14.