Con una suspensión “por el máximo de 90 días”, el Consejo de la Judicatura (CJ) sancionó a Gina Isolina Soza, jueza temporal de la Familia, Niñez y Adolescencia de Manabí. Esta jueza fue quien el 7 de abril pasado emitió una boleta de apremio en contra de Gil Alberto Cedeño Zambrano y María Vera Vera (ambos de la tercera edad). Esto, debido a que el hijo de esta pareja, Marco Cedeño Vera, no canceló la pensión alimenticia de dos de sus hijos menores de edad Como consecuencia de la boleta de apremio, los dos quedaron en arresto domiciliario en su vivienda ubicada en la parroquia Canuto del cantón Chone. Para la Judicatura, esta es una “enojosa decisión”. Según el CJ, “no obstante el principio del interés superior del niño, la Jueza al dictar el apremio personal de los demandados ha violado los derechos establecidos para las personas adultas mayores”. Y posteriormente -señala el fallo- ha dispuesto el arresto domiciliario, “confundiendo el apremio personal, con la prisión preventiva”. La Judicatura inició la investigación de este caso el pasado 23 de abril. Pero -según el organismo de control administrativo de la Función Judicial- en el proceso no contó con una respuesta que justifique la decisión de la jueza. Por ello estableció la sanción. El 28 de julio del 2009 entraron en vigencia las reformas al Código de la Niñez. Según el artículo 5, “en caso de ausencia, impedimento, discapacidad, insuficiencia de recursos comprobada de los obligados principales (…), la autoridad ordenará que los alimentos de los menores sean pagados por los abuelos, hermanos mayores de 21 años o tíos”. La norma se aplicó en este caso. Cedeño falleció un mes luego del arresto.