La Constitución de Montecristi, en particular su “principio de ciudadanía universal”, es letra muerta en Ecuador. Y la forma cómo el 13 de julio del 2016 se deportó a 121 cubanos de Quito es solo una prueba.
Sí. Como sostenía entonces el Gobierno, “no justificaron de manera legal” su permanencia en el país. Sin embargo, luego de la Asamblea Constituyente del 2008, ¿en serio esa es causal para desterrar del país a un ciudadano universal? ¿Se ha leído la Constitución?
El artículo 416 estipula que las relaciones del Ecuador con la comunidad internacional “responderán a los intereses del pueblo ecuatoriano, al que le rendirán cuenta sus responsables y ejecutores”. Y se precisa que en el país es mandatoria “la libre movilidad de todos los habitantes del planeta”. La meta es “el progresivo fin de la condición de extranjero como elemento transformador de las relaciones desiguales entre los países”.
Entonces, ¿y la deportación de cubanos? Las funciones del Estado hicieron mutis cuando un ministerio del Gobierno movilizó policías antisubversivos para embarcar en aviones a personas sin libre movilidad ni derecho a que se les dejara de considerar extranjeros. Y no es un episodio aislado en el trato al extranjero humilde.
En 2011, seis de cada 10 refugiados colombianos en Ecuador tenían dificultad para acceder a los servicios de salud, 7 de cada 10 para acceder a educación, 9 de cada 10 con empleo no tenían contrato, según un estudio de la Flacso. En Ecuador se veja a diario a ciudadanos universales, por xenofobia.
Sí, xenofobia. Esa que en el bus, la calle, la tienda discrimina a quien habla diferente; esa que en los reportes policiales sirve para endilgar nacionalidad a los delitos; esa que en democracia es capaz de desempolvar una ley de 1971 para expulsar a oscuras a ciudadanos universales.