Si un paciente con covid-19 no recibe reposo médico, ¿debe trabajar en el aislamiento para recibir su sueldo?

Existe una diferencia entre aislamiento y reposo. El IESS no subsidia los días por aislamiento que deba cumplir una persona diagnosticada con covid-19. Foto: Patricio Terán/ EL COMERCIO

Hace 24 días, la enfermera Elena (nombre protegido) fue diagnosticada con covid-19, tras tener contacto con pacientes sospechosos. De inmediato acudió al Hospital del IESS Quito Sur, en donde le hicieron la prueba y, posteriormente, le entregaron un certificado, en donde se indicaba que debe estar 28 días en aislamiento.
La parte final del documento -dice- le preocupa, ya que habla de que no puede acogerse al subsidio por enfermedad, un pago que otorga el Seguro Social en estos casos. “Se aclara que el presente certificado dictamina una condición epidemiológica de aislamiento y por lo tanto no prescribe ningún reposo médico, es decir, que este documento no se considerará válido para subsidio”, se lee en el texto.
Es indignante, dice esta madre de familia de 39 años. “Nos contagiamos trabajando y me descontarán por los días de enfermedad”.
Existe una diferencia entre reposo y aislamiento, explicó a este Diario el área técnica de subsidios del IESS Pichincha. Los afiliados en aislamiento -dijo una funcionaria- son mayoritariamente asintomáticos, por lo que pueden teletrabajar.
El reposo, en cambio, indica que hay síntomas que le impiden realizar sus actividades. Esto sí se subsidia, mencionó.
Por sus funciones, personas como Elena no pueden teletrabajar. Además, a la mujer aún le tiembla el cuerpo, tiene dolor de cabeza y taquicardia; estuvo dos días hospitalizada.
Es responsabilidad del médico que emite el certificado, añadió la técnica del IESS, indicar al Seguro si el paciente requiere reposo o aislamiento, según su tipo de trabajo y su condición de salud.
Varios trabajadores de empresas vinculadas a la agroindustria, seguridad física y hospitalaria, en las que labora el médico ocupacional Renan Brito han recibido el certificado con estas indicaciones, por lo que hay preocupación.
El Seguro Social y el Ministerio de Salud –señala– les han indicado que tras los 28 días de aislamiento los trabajadores pueden retomar sus actividades sin necesidad de una nueva prueba PCR, única avalada para diagnóstico y también utilizada para descartar el virus.
En los protocolos de la Organización Mundial de la Salud se suprimió la obligatoriedad de cumplir con este último paso. Con el nombre de lineamientos para poner fin al aislamiento, el organismo reconoció que no es necesario aplicar un test para descarta el SARS-CoV-2. Pero se debe hacer una cuarentena que puede durar entre 13 y 33 días; depende de los síntomas presentados.
La semana anterior, el ministro de Salud, Juan Carlos Zevallos, confirmó que
están a punto de emitir nuevos lineamientos relacionados con la eliminación de la obligatoriedad de hacerse otra PCR.
Para las empresas, eso un riesgo, ya que hay trabajadores que siguen dando positivo después de 40 días, dice Brito.
Para que un trabajador retorne –indica la médica ocupacional Shirley Sánchez– debería existir un test negativo, pero es complicado por su costo. Por ello trabaja con ojo clínico, evaluación y seguimiento.




- IESS amplía camas para covid-19; ¿hay fármacos para otras patologías?
- VideoTrabajadores de la salud de hospitales del IESS en Guayaquil protagonizaron plantón por despidos
- ‘Hace 45 días no abrazo a mi hija, pues me contagié de covid-19’, abogada Jessica Jaramillo
- Jóvenes se contagian más, pero abuelos son víctimas mortales