El Consejo de Educación Superior (CES) presentó este martes 26 de julio del 2022 el Reglamento de Régimen Académico. Este fue aprobado el 14 de julio y simplifica varios procesos, entre ellos la creación de nuevas carreras, sedes y extensiones universitarias. Esto se da tras la firma del nuevo Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES).
Según el CES, el eje de la nueva normativa es la autonomía académica de las universidades e institutos del país. Pablo Beltrán, presidente del Consejo, dijo que el antiguo Reglamento representaba un limitante para el ejercicio de la autonomía responsable de las instituciones de educación superior. Aseguró que restringía la respuesta efectiva de las instituciones ante las necesidades y cambios del sistema de educación superior, ya que requería autorización del CES para la mayoría de los procesos académicos.
Además, dijo Beltrán, tiene como finalidad la ampliación de la oferta académica de educación superior, con calidad y pertinencia. El Reglamento, asegura, refuerza la función de acompañamiento y monitoreo del CES y el rol del Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación (Caces).
Principales cambios
El presidente del CES dijo que el Reglamento modifica el procedimiento para la presentación y aprobación de proyectos de carreras y programas por parte de las instituciones de educación superior. Explicó que la intención es contar con un proceso ágil y simplificado, en un tiempo de aproximadamente 32 días.
Ademas elimina restricciones para la implementación de periodos académicos, regulando los mínimos necesarios. Es decir que se determina que las instituciones de educación superior establezcan al menos dos periodos académicos al año, pero pueden iniciarlos de acuerdo con las necesidades de contexto de cada universidad, señaló el presidente del CES.
El nuevo Reglamento también modifica los porcentajes para las modalidades presencial y semipresencial. Con eso, Beltrán indicó que se da apertura a diseños que se ajusten a lo que determine cada institución de educación superior. Además se modifica el régimen de ajustes curriculares y las formas por las cuales las carreras o programas pierden su vigencia. En este último caso, las universidades serán las que lo determinen.
Con la simplificación, ¿cómo se garantiza la calidad?
Beltrán aseguró que la eliminación de restricciones no implicará falta de calidad. Por ejemplo, señaló que en la creación de sedes y extensiones universitarias se mantendrán los procesos de aseguramiento de la calidad y los procesos de acreditación.
Si alguna universidad abriera una sede o una extensión sin la suficiente calidad, eso será una pauta para el informe negativo del Caces, señaló Beltrán. De ahí que, en el momento en que ese Consejo haga su informe de evaluación, esa universidad perdería la acreditación. “Ninguna universidad o instituto quisiera poner en riesgo su capacidad operativa abriendo sedes y extensiones sin la garantía de calidad”.
El presidente del CES además señaló que el sistema de educación superior en Ecuador ha madurado. Por ende, aunque haya mayor libertad, ya no es posible la creación de las instituciones a las que se llamó universidades de garage, dijo. Para ellos, indicó que se mantiene lo que establece la LOES en cuanto a requisitos y procedimiento para poder crear nuevas universidades.
Para eso se requieren informes favorables del CES y del Caces. También de la Secretaría de Planificación, sobre la pertinencia de la universidad. Y en el caso de las universidades públicas también se requiere un informe favorable por parte del Ministerio de Finanzas, que garantice el sostenimiento financiero de la institución.