La incorporación obligatoria y paulatina de contribuyentes al proceso de emisión de comprobantes electrónicos se debe concretar este 2022.
Hasta el próximo 29 de noviembre, los contribuyentes que se encuentran obligados a emitir comprobantes deben incorporar a su actividad el esquema de facturación electrónica. Así lo dispone la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia covid-19, donde se detalla que la disposición no aplica para los negocios populares.
Según la nueva legislación, también deberán cumplir esta disposición las entidades del sector público, incluídos los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) y distritos metropolitanos.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) señaló que el proceso de facturación electrónica ayuda a las empresas a disminuir sus gastos administrativos y previene errores en los cálculos de los impuestos.
El abogado tributario, Napoleón Santamaría, agregó que también es beneficiosa para el SRI porque permite que lleve un mejor control tributario. Además que facilitará los procesos y transacciones, tanto para los contribuyentes como para los usuarios.
El programa de facturación electrónica arrancó en el 2012, de forma voluntaria. Desde el 2014 se fijó un cronograma de incorporación obligatoria, con el cual se sumaron poco a poco emisoras de tarjetas de crédito, empresas públicas, grandes cadenas comerciales, operadoras de telefonía móvil, gasolineras, entre otros.
Por ejemplo, desde este 1 de enero, los contribuyentes cuyos ingresos del 2021 fueron entre USD 200 000,01 y USD 300 000,00 se sumaron a esta obligatoriedad. En estos se incluyen algunos contribuyentes del segmento de emprendedores del nuevo Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE).
El cronograma de incorporación a la facturación electrónica estaba previsto hasta el 2024. Carlos Calero, director de la firma El Asesor Contable, señaló que esta planificación desaparece con la obligatoriedad ahora dispuesta por la ley.