El proyecto denominado “Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación”, más conocido en el mundillo legislativo como “Código de Ingenios”, (aunque de genial no tenga nada), se aprobaría en las próximas semanas.
Se terminó ya el proceso de “socialización”, palabreja que hoy se usa como sinónimo de divulgación pero que en este caso responde más a la primera acepción que le da el diccionario de la RAE: “Socializar.- Transferir al Estado, o a otro órgano colectivo, algo de propiedad privada…”.
En efecto, el proyecto referido nacionaliza los derechos de propiedad intelectual en el Ecuador y los restringe en su ejercicio a la voluntad estatal que, “por excepción al interés público del conocimiento”, podrá encargársela a los titulares para su explotación. En otras palabras, si usted es el autor de un libro o de una canción, en el futuro esa obra ya no será suya sino del Estado, y usted, autor o escritor, podrá recibir las regalías por ella siempre y cuando el nuevo titular del derecho se lo permita, y por tanto, usted podrá publicar el libro o promocionar su canción si es que el Estado se lo autoriza.
¿Será que en este evento el nuevo dueño de los derechos de la obra permitirá su publicación o su explotación cuando no coincida ideológicamente con el gobierno de turno?
O, por ejemplo, si usted joven inventor, artesano o programador, pintor o escultor, ha creado una píldora para inmunizarnos del cáncer, o un modelo de zapatos, o un software de seguridad inviolable, o un retrato más vivo que el propio retratado, o una escultura sublime, en adelante esa obra será del Estado, y solo si él se lo consiente y lo autoriza, usted podrá resarcirse económicamente por su trabajo.
Dado el espíritu confiscatorio y restrictivo de derechos de este proyecto, en caso de ser aprobado, se convertirá en un boomerang cuyo impacto de regreso traerá al país graves consecuencias: En primer lugar cualquier acuerdo comercial presente o futuro que tuviera el Ecuador con otros estados o comunidades se vendrá abajo pues nadie aceptará para sus connacionales un régimen de excepción o restricción a los derechos de propiedad intelectual que se protegen y tutelan en casi todo el resto del mundo.
En segundo lugar, le habremos dado el golpe final a cualquier posibilidad de recibir inversión extranjera en el país, pues no existe ninguna persona o empresa que esté dispuesta a llevar sus capitales a otra nación si allí no se le garantiza un régimen con seguridad jurídica, estabilidad económica y protección de sus derechos.
En tercer lugar, aunque muchos no se hayan percatado aún y no comprendan sus consecuencias, esta nueva aventura legislativa nos aislará del circuito comercial del mundo tanto para exportar nuestros productos y servicios, como para importar los del resto de países alineados con la protección de los derechos del ser humano, entre ellos, el de la propiedad privada material o intelectual.