Está pendiente la conformación de la Superintendencia de la Información y Comunicación, encargada de numerosos actos respecto a los medios de comunicación. Se define como… “el organismo técnico de vigilancia, auditoría, intervención y control, con capacidad sancionatoria, de administración desconcentrada, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, presupuestaria y organizativa; que cuenta con amplias atribuciones para hacer cumplir la normativa de regulación de la Información y Comunicación”.
Esta poderosa dependencia tendrá …”intendencias, unidades, divisiones técnicas y órganos asesores que se establezcan en la normativa que para el efecto emita”. A la cabeza, un superintendente nombrado por el Consejo de Participación Ciudadana … “de una terna que enviará la Presidenta o Presidente de la República de conformidad con lo dispuesto en la Constitución”.
No es prejuicio suponer que con esta Superintendencia habrá nueva burocracia. ¿De qué tamaño? Está por verse, pues al mencionar “intendencias”, bien podrían estar una en cada provincia; o, por lo menos, en algunas.
Mientras unos empleados salen del Seguro Social, otros entrarán a la Superintendencia. Mal por los primeros; bien y felicitaciones por los segundos.
Siendo, como resulta, un órgano proveniente de la Función Ejecutiva y con tantas facultades, no es temerario pensar que su línea de pensamiento será la oficial contra los medios a los que, desde años atrás, el poder se empeña en desprestigiar. Armado de medidas administrativas, cabe recordar que solamente en el capítulo Contenido Discriminatorio, esta ley señala 19 casos; y si esto fuese poco, agrega … y “otras”, adjetivo que puede englobar cualquier otro hecho, a criterio de la autoridad. Así, el superintendente puede resolver que el medio de comunicación y el periodista pidan disculpa pública a los supuestos afectados … “por un plazo no menor a siete días consecutivos”. ¡Toda una semana pidiendo disculpas! Y si el presunto ofendido no se satisface, vendrán multas y más multas, que es lo que caracteriza ahora a las administraciones pública y municipal en general; así como millonarios juicios por daño moral .
Peor si esta poderosa autoridad estima que el periodista, o la TV, o la estación de radio que emitieron información considerada discriminatoria, se les ocurra calificar como “linchamiento mediático”, cuyos alcances se pueden temer desde ahora, pues uno de los máximos penalistas de Alianza País, desechando la posibilidad de que se linche a una ley, dejó en claro que sí engloba a personas naturales y jurídicas.
Por si la Ley de Comunicación no fuera suficiente, hay esfuerzos en la Asamblea oficial para incluir el tal linchamiento como delito en el nuevo Código Integral Penal.
¿Cuál será el futuro de la libertad de información en Ecuador?