Uno de los avances que se puso en el discurso oficial y luego se plasmó en el papel en la Constitución y la Ley Orgánica aprobada fue la participación e instalación de las veedurías ciudadanas. Sin embargo, en la práctica de lo que se ha hecho se ha aceptado los in formes de veedurías que favorecieron al poder y aquellos que se atrevieron a hacer señalamientos fueron procesados o no contestaron a los cuestionamientos y solo acogieron los párrafos que fueron favorables. Ese ha sido el caso de la Veeduría Internacional para la reforma judicial, que con pompa se le vendió al país y al mundo.
El art.
100 de la Constitución dispone la participación en los diferentes niveles de gobierno, con respeto a los principios democráticos. El art. 101 estableció la figura de la silla vacía con un representante ciudadano en los gobiernos autónomos descentralizados. Se conformó el Consejo de Participación Ciudadana y el art. 208 dispone la promoción de la participación ciudadana, el estímulo a los procesos de deliberación pública, la formación en ciudadanía, valores, transparencia y la lucha contra la corrupción. Valdría la pena que exhiban resultados concretos independientes de casos grandes de corrupción que escandalizan al país.
Lo ocurrido con los veedores ciudadanos que examinaron los contratos del hermano del Presidente, que por haber hecho cuestionamientos están enjuiciados y con un mensaje claro de miedo a quienes deseen entrar a futuro en otra veeduría.
El caso de la Veeduría Internacional, que se destacó reiteradamente su participación y se declaró que se respetará lo que recomienden. El informe final resaltó el trabajo en la transición, el impulso a la infraestructura, pero puso reparos porque no pudieron ver los contratos que no les entregaron oportunamente.
Lo más grave, los señalamientos que hizo al proceso de elección de magistradas y magistrados de la Corte Nacional de Justicia, lo que deslegitimó este mecanismo, que se repitió en otros organismos como la Corte Constitucional. Dice el documento que “en la fase de calificación de méritos, la puntuación y calificación, no se hizo correctamente”. Por ello pidió a la Corte que se pronuncie sobre el proceso de selección. El informe planteó la necesidad de contar con un Consejo de la Judicatura independiente, que garantice imparcialidad en el control disciplinario, y hoy se cuenta con integrantes identificados con el gobierno y designados sin concurso.
La Corte y el Consejo de Transición no respondieron a estas graves observaciones. Este último entregó carpetas de informes al Consejo de Participación y se siguió adelante con el proceso de designación del órgano definitivo como si aquí no pasara nada. Si así actuó el transitorio se puede avizorar cómo será el definitivo. ¿En qué quedan las garantías de seguridad jurídica?