En tiempos en que se escucha una posible consulta popular, debe advertirse que casi siempre son de la iniciativa de los gobiernos por exigencias políticas coyunturales. Al respecto, hay dos consideraciones en este manoseado capítulo de la democracia participativa que deben evaluarse. La primera es la cantidad de las preguntas con variedad de temas; añádase, que van acompañadas de largos anexos propios de especialistas en derecho. Sin duda, una burla soez a un pueblo cuyos miembros no tienen la obligación de ser abogados. En el Ecuador, salvo la consulta popular sobre el retorno a la democracia y la del 2008 que consagró el absolutismo presidencial, las otras han sido puntuales y algunas han fracasado como la que convocó el presidente Febres Cordero sobre el voto de los independientes o la de Sixto Durán Ballén en el caso de la seguridad social. Por obvias razones- la paz con el Perú- aseguraba el triunfo de la que propuso Fabián Alarcón.
Ubicándonos en los tiempos actuales, si es voluntad del Gobierno consultar a pueblo siguiendo el camino de la Constitución, sería la oportunidad de superar contradicciones en materias estratégicas que contiene el actual texto.
Un primero ejemplo está relacionado con la libertad de opinión. ¿Existe acaso una contradicción entre el artículo 18 y 19? El primero sostiene que las personas tienen derecho a “buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información verificada, oportuna…”. A continuación, el 19 dictamina que la ley regulará la prevalencia de contenidos con fines informativos educativos y culturales etc. Es el mismo texto constitucional y artículos redactados a renglón seguido. Imposible que se demande coherencia y sindéresis. Solo queda el desconcierto ante el desamparo jurídico.
Un caso más complejo, por la naturaleza del tema, lo trae el artículo 45 y el 66, numeral 10. Por el primero el Estado está obligado a proteger la vida desde la concepción y por el segundo a garantizar las decisiones de las personas sobre su vida reproductiva y a decidir cuándo y que número de hijos tener. Si no se encuentran contradicciones, es indispensable que se escriba un libro y se lo incorpore a la enciclopedia jurídica universal.
Sin embargo, en la actual circunstancia debiera existe otra prioridad ¿Qué hacer con el Consejo de Participación Ciudadana? ¿Y si el Ejecutivo retoma el caso la consulta popular que dejó trunco el anterior parlamento que no puede quedar trunco o archivado por la decisión de esa legislatura? Lo hecho por la anterior legislatura es una ganga y no debiera ser desperdiciado, incluido la alta cirugía que significara regresar a la bicameralidad.
Los tiempos políticos son complejos para el Gobierno cuya agenda urgente es económica, tributaria y fiscal. Empero, con habilidad e inteligencia la proximidad de las elecciones regionales son una especie de droga sicodélica y todos pueden hacer fiesta antes de los resultados.