Una cosa es la ley y su texto; otra, en ocasiones, la realidad. Norma jurídica indiscutible es aquella contenida en el Código Civil: “La ley obliga a todos los habitantes de la República, con inclusión de los extranjeros; y su ignorancia no excusa a persona alguna”. Esta obligación de conocimiento es indispensable, so pena de provocar un caos en la sociedad, pues si algo no conviene a quien la ha transgredido, aduciría que “no ha conocido” esa ley.
La realidad es diferente. Una mujer de edad avanzada, habitante de Tumbaco, acudió a consultar sobre una sanción impuesta por el SRI, porque durante cuatro años no había presentado declaración de su patrimonio (USD 1 500 por año, con un total de USD 6 000). Ella es dueña, por herencia, de un terreno bastante amplio, que puede valer mucho más que los seis mil dólares.
Lo compró el abuelo. Algunos hijos construyeron sus casas allí; y nietos ya jóvenes, también. En suma, la anciana tiene una fortuna en terreno, pero no dispone de dinero efectivo casi para nada.
Vender ese terreno para pagar los impuestos resulta imposible, pues habría que realizar la partición para concretar la cuota que le corresponde. Eso acarrea el problema de que, en lo que pudiera ser su cuota, ya están construidas casas de valor modesto, de algunos hijos.
Tampoco es factible que hijos y nietos contribuyan para pagar las multas, pues son personas de escasa economía.
Este ejemplo se multiplica en el campo, pues ha sido costumbre que el antepasado compre un terreno, y que allí, hijos y nietos construyan sus modestas viviendas.
Estamos ante una verdadera injusticia social, pero no podemos enderezar quejas ni acusaciones contra los funcionarios del SRI, pues ellos son únicamente ejecutores de la ley. Los que consagraron el sistema injusto son los legisladores quienes, debieron regular situaciones como éstas, con normas legales adicionales que permitan a los pobres pagar un impuesto menor y con facilidades.
Además, para los que no realizan la declaración patrimonial oportunamente, hay un castigo económico adicional: si no la presentaron en el día del mes que corresponde al noveno dígito de la cédula de ciudadanía, lo sancionan con otra multa de USD 200.
En esta época, cuando la Asamblea crea leyes a borbotones y códigos nuevos, quienes las aprueban seguramente no conocen la realidad social; y, por ello, al aprobar la ley -que es para todos- no contemplan estas situaciones, aunque su ley se constituya en una fuente de injusticia y de empobrecimiento económico del ciudadano de clase media; y, especialmente de los pobres a quienes juran defender. En el caso, si no hay pago seguramente rematarían el terreno y todos quedarían en la miseria.
En un nuevo gobierno deberán cambiar las exageraciones y errores.
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