Una vez que renunció a terciar en las elecciones para completar su mandato original, el presidente Lasso centraría el resto de su amputado período a mejorar la legislación económica, tanto aquella para el sector privado como para el público, munido de la autoridad de dictar decretos-leyes de urgencia económica hasta que se posesionen nuevas autoridades, argumentamos en nuestra columna de mayo 30 titulada, precisamente, ¨El Legado¨. Pero advertimos que esta intención la podría frustrar la Corte Constitucional. Lamentablemente se cumplió ese presagio.
Lasso dictó dos decretos-leyes que la CC se tomó un mes para analizar. El segundo fue el de zonas francas. Durante el correato se aprobó una ley de Zonas Especiales, que es esencialmente lo mismo que zonas francas pero con otro nombre y una normativa sui generis. Para los inversionistas internacionales, la denominación y normativa eran extrañas y poco atractivas. Lasso intentó cambiar esta figura a zona franca. Pero la CC lo desecha por considerar que no es urgente y que debe esperarse a la nueva Asamblea, y por lo tanto queda al nuevo gobierno la iniciativa.
Si un proyecto de perfeccionar una figura para atraer inversión que fuera iniciativa del correísmo, esto es de la oposición más intransigente, lo desecha la Corte por no ser urgente, se colige que igual suerte correrán los futuros decretos-leyes del presidente. Adiós legado.
El primer decreto-ley, sobre materia tributaria, de urgente solo tenía la reconstrucción del impuesto para emprendimientos menores, Rimpe, que la CC mochó de la reforma tributaria de noviembre 2021 porque no le gustó. La reducción parcial del aumento de impuestos que dispuso esa reforma tributaria no era urgente. Todo lo contrario dado el hueco fiscal. Pero la CC si lo califica, aunque señala que si la próxima Asamblea lo deroga, el presidente no tiene derecho de veto.
La reforma tributaria queda en el limbo, el presidente pintado en la pared, y la Corte Constitucional se unge como primer poder del Estado.