La lectura de los considerandos del proyecto de Ley de Comunicación entregado al plenario de la Asamblea Nacional merece una detenida lectura para evitar los errores que contiene el texto legal. En primer lugar hay que advertir que las contradicciones que patentó el constituyente en la Carta Magna se repiten y no se superan. De esa manera, se desperdició una gran oportunidad de parte de quienes impusieron un proyecto que ha generado tanta resistencia. Hicieron lo contrario, insistieron y profundizaron en lo mismo.
Sin embargo, en el texto constitucional existen numerosos artículos que protegen expresamente el derecho a la libre expresión. Los artículos 417 y 424, entre otros, de manera categórica establecen que en materia de derechos humanos no solo rige la Constitución de la República sino también los Tratados Internacionales ratificados por el Ecuador y que en caso de contradicción -en esta materia- prevalecerán los primeros.
Sin embargo, el artículo 19, en contraposición con lo explicado, utiliza el verbo ‘regular’ la prevalencia de contenidos informativos educativos y culturales. A su vez el artículo 384, que es una mezcla de garantías y restricciones en el mismo texto, primero establece que el ‘sistema’ asegurará -ya no regulación-, además en el segundo párrafo de manera categórica determina que el Estado, en la formulación de la política pública de comunicación, observará un irrestricto respeto a la libertad de expresión. Una lectura de estos artículos, sin necesidad de un mayor conocimiento de la ciencia jurídica, lleva a la inequívoca conclusión de que unas disposiciones garantizan el respeto a la libertad de expresión y otras proclaman un sistema de control y regulación. Apelando a Perogrullo se puede descubrir que las dos posiciones no pueden ser aplicadas y cumplidas al mismo tiempo.
Los legisladores están obligados por economía jurídica y para evitar interminables controversias a superar esas contradicciones realizando una idónea y ética interpretación. Sería la primera dirimencia que se haría entre un posible texto legal y las disposiciones que obligan a respetar de manera privilegiada la libertad de expresión.
Los legisladores oficialistas también deberán evaluar el producto entregado por la Comisión especial a la que se encargó la elaboración del proyecto. Primero haciendo un ‘mea culpa’ pues su integración por razones políticas fue de una pobreza calamitosa; es más, contrastando con la experiencia profesional y política de los escasos miembros de la oposición y de quienes no se adhirieron a un producto que, en el mejor de los casos, merece el archivo antes que el tarro de la basura.