Ecuador se comprometió a garantizar los derechos de los mexicanos Gilberto Alejandro Cortez Fierro y César Saldaña Rangel y del colombiano Luis Antonio González Ochoa, hasta el 17 de mayo.
Ellos fueron sentenciados a 16 años por narcotráfico, en el 2003, dentro del caso Aniversario. Según Antinarcóticos, integraban una red internacional de tráfico de droga, junto al ex gobernador de Manabí, César Fernández.Los cuatro se beneficiaron el 14 de abril de un recurso de revisión suscrito por el presidente de la Primera Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia, Hernán Ulloa. Él redujo su condena a 12 años. Ellos se acogieron a la figura del 2×1 y cumplieron la pena.
Los tres extranjeros debían ser deportados al salir de prisión, pero sus viajes se frustraron porque solicitaron refugio a Ecuador. El Ministerio de Relaciones Exteriores acogió los pedidos, que por ahora son sometidos a análisis.
Según el artículo 9 del Reglamento para la aplicación en Ecuador de las normas de refugiados, el Ministerio de Relaciones Exteriores debe extender un certificado provisional al solicitante. Con ese documento, el potencial refugiado “y los dependientes que le acompañen” podrán permanecer en Ecuador por 90 días.
Para el caso de los tres extranjeros del caso Aniversario, la Cancillería emitió certificaciones temporales para garantizar la permanencia de los solicitantes en el país. Ese plazo se cumplirá el próximo lunes 17.
Hasta entonces, ellos deberán presentarse ante la Cancillería, para ser documentados, como solicitantes de refugio, tras su liberación. Así reza en las tres certificaciones, emitidas por Alfonso Morales Suárez, director general de Refugiados del Ministerio.
Gilberto Cortez dejó el pabellón de máxima seguridad del ex penal García Moreno el 4 de mayo último. Ayer fueron liberados el colombiano Luis González (a las 17:20) y el mexicano César Saldaña (a las 18:00).
Previamente, la Intendencia de Policía de Pichincha autorizó las excarcelaciones a la Dirección de la Cárcel 1 (ex penal).
Édison Loaiza, abogado de los extranjeros y del ecuatoriano César Fernández, aseguró -en referencia a los defendidos- que “cumplieron una condena y demostraron dentro de los centros de rehabilitación que quieren cambiar. Por eso se aprobó el 2×1 (reducción del 50% de la pena). Se lo ganaron, no fue un favor”.
Los extranjeros podrán circular libremente en territorio ecuatoriano. Si cumplen con el requisito de acudir a la Cancillería, gozarían de ese beneficio por 90 días, mientras se resuelven las solicitudes de refugio.
Si su petición es negada, los extranjeros contarán con un último recurso. Según el artículo 24 del Reglamento para la aplicación en el Ecuador de las normas de refugiados, el solicitante de asilo “podrá apelar ante el Ministro de Relaciones Exteriores, hasta 30 días después de haberle sido comunicada tal negativa”. Si hay una apelación, reza en la norma, el extranjero podrá quedarse en el país. Luego de los 90 días establecidos, el solicitante será protegido hasta que se resuelva el caso.
En el mismo Reglamento se establecen tres cláusulas de exclusión para negar el refugio a una persona. La primera, cuando se haya cometido un delito contra la paz, un delito de guerra o un delito contra la humanidad.
La segunda, cuando se haya cometido un grave delito común, fuera del país de refugio, antes de ser admitido en él como refugiado. La tercera, cuando la persona que se haya hecho culpable de actos contrarios a las finalidades y a los principios de la Organización de las Naciones Unidas.