La joven de 18 años fue hallada sin vida en el sector de Luluncoto Bajo, en el sur de Quito, el 22 de septiembre del 2017. Foto: Archivo / EL COMERCIO
Los jueces de la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha consideraron que Jairo Israel J. M., expareja de la colegial Daniela Carolina C., cometió asesinato y no femicidio. El cuerpo de la joven fue hallado cerca de su colegio, a la altura de los rieles del tren de Luluncoto, en Quito. La Corte ratificó el 26 de febrero del 2019 la sentencia dictada en primera instancia contra el acusado, de 18 años.
Jairo Israel J. M. fue sentenciado a 34 años y 8 meses de cárcel y al pago de USD 10 000 como reparación integral para la familia de la víctima, informó la Fiscalía este miércoles 27 de febrero del 2019.
El crimen se perpetró al mediodia del viernes 22 de septiembre de 2017. Daniela Carolina caminaba en dirección a su domicilio, por una calle del sector de Luluncoto Bajo. Un rastreo de ese recorrido con las cámaras de seguridad de la zona reveló que, antes de ser victimada, era perseguida por su exnovio. Ambos tenían 18 años y eran estudiantes del mismo colegio.
La Fiscalía acusó a Jairo por femicidio. El Código Orgánico Integral Penal (COIP) tipifica este delito: “La persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género” (art. 141).
En el artículo 142 de ese cuerpo legal se especifica que se aplicará la máxima pena cuando “exista o haya existido entre el sujeto activo y la víctima relaciones familiares, conyugales, convivencia, intimidad, noviazgo, amistad, compañerismo…” o cuando “el cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público”.
El fiscal especializado en Violencia de Género de Pichincha, Santiago Requelme, “fundamentó la acusación en pruebas que demostraron la relación de poder desigual que existió en la pareja, así como el intento de reanudar una relación sentimental con la víctima y la negativa de la joven porque tenía otro compromiso, por lo que le arrebató la vida”.
Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía para sustentar su investigación y acusación por femicidio, están el testimonio de la mejor amiga de la víctima. Ella relató que Jairo y Daniela fueron pareja sentimental durante un año, relación que calificó como “muy intensa” porque Jairo siempre estaba “rondándole” y a Daniela no le gustaba que siempre “esté atrás y atrás de ella”, entonces la joven terminó “esa relación en abril del 2017” y desde ahí “él les quedaba mirando feo y siempre estaba cerca de ellas”.
La Fiscalía también presentó el testimonio del agente de la Dirección Nacional de Delitos Contra la Vida (Dinased) de la Policía Nacional que realizó el levantamiento del cadáver y el análisis de los videos. El relató que acudió hasta el domicilio del agresor, le mostró el video y lo primero que dijo es que solo pasó por el lugar (del crimen). Pero al registrar su dormitorio y encontrar el saco plomo con manchas de sangre que vestía aquel día, admitió haber atacado a la joven por celos, pues ella tenía otra relación.
Además, el sentenciado, al momento de la valoración psicológica, se refirió a Daniela de manera despectiva y misógina, “trata de denigrarla y volver justificable lo que él habría hecho”, Jairo también manifestó que Daniela tenía “baja autoestima” y que algunas veces le dijo que quería morirse y que ello “ha calado tanto en su inconsciente (…) que seguramente por eso él le cercenó el cuello”.
La autopsia reveló que Daniela murió por una hemorragia aguda externa e interna, laceración del lado derecho del cuello, de la vena yugular, y penetración de arma cortopunzante. El cuchillo con que fue atacada Daniela fue encontrada dentro de un bloque, en la terraza de la casa de Jairo, una vez que él aceptó los hechos e indicó el lugar donde escondió el arma.
El abogado de Jairo trató demostrar que el joven padecía de una enfermedad mental, que tenía lagunas mentales y que no recordaba lo que había hecho. Este argumento fue desvirtuado por la Fiscalía, ya que en las valoraciones psicológica y psiquiátrica no se encontraron alteraciones que lo lleven a perder la memoria o a las lagunas mentales. La pericia psicológica concluyó que Jairo trató de simular enfermedad mental.
El fiscal Requelme sostuvo, con los argumentos presentados, que este crimen sucedió por celos, es decir, el motivo que llevó a Jairo a matar a Daniela es una muestra del machismo y discriminación en contra de la víctima, por lo que el caso debió sentenciarse como femicidio.