Nuevo Código no frena 6 infracciones comunes

Han transcurrido tres meses y diez días desde que el Código Orgánico Integral (COIP) entró en vigencia. En este tiempo, la nueva normativa no ha frenado seis delitos que se dan en la cotidianidad.

Se trata de pintar en las paredes (grafitis), el maltrato de animales, la invasión de vías, los insultos, la divulgación de secretos y las agresiones verbales o físicas a los agentes del orden (tránsito, policías o militares). Pese a que las seis infracciones se cometen con frecuencia, el Consejo de la Judicatura (CJ) dice que con la aplicación de la normativa ha dado más agilidad en el momento de evacuar delitos menores.

Estos son los que son sancionados con no más de cinco años o infracciones contra la propiedad cuyo monto no excede de 30 sueldos básicos.

Para agilitar el juzgamiento, en el nuevo Código Penal se incluyó el denominado procedimiento directo que permite saber una sentencia en 10 días. “De 6 200 procesos en flagrancia, el 30% fue resuelto con este procedimiento”, señala Néstor Arbito, vocal del Consejo de la Judicatura. Agregó que cerca de 1 000 casos ya tienen sentencia condenatoria o absolutoria. Además, 10 154 funcionarios fueron capacitados en la aplicación de la ley (la mayoría son policías).

Datos de la Judicatura señalan que la mayor parte de delitos que se cometió desde la vigencia del nuevo Código Penal son los robos, la violencia psicológica contra la mujer o miembros de la familia, el tráfico de estupefacientes, el hurto, las lesiones causadas en accidentes de tránsito, etc.

De hecho, la nueva norma se inauguró el 10 de agosto pasado con casos relacionados al tráfico de drogas que se ventilaron a escala nacional.

Grafitear paredes

Las sanciones por pintar en las paredes y calles no son nuevas en Quito. De hecho, la Ordenanza Metropolitana número 332 establece multa y trabajo comunitario para quienes lo hagan. Pese a existir esa norma, en el Código Integral Penal los legisladores establecieron cárcel de uno a cinco días y 50 horas de trabajo comunitario.

Aunque las normativas están vigentes, ayer este Diario comprobó cómo se pintó una pared en la capital. Pero también desde el año pasado hasta el momento al menos 25 jóvenes han sido sancionados por hacer grafitis.

Maltrato a animales

Por primera vez en el Ecuador, en un cuerpo penal se incorporó sanciones para frenar el maltrato animal (artículos 249 y 250). Pero Carlos Realpe, de la Asociación Animalista Libera Ecuador, considera que, por ejemplo, la cárcel de tres a siete días “si se causa la muerte” de una mascota no es suficiente para frenar la violencia. Es más, a finales de octubre grupos defensores de animales presentaron un proyecto de ley sobre bienestar y protección.

De allí que solamente en Protección Animal Ecuador se reportan al día cerca de 40 casos de animales agredidos.

Invasión de las vías

Tres puntos menos en la licencia y una multa de 10% al salario básico unificado (USD 34) son las sanciones por conducir en las vías exclusivas del transporte público (artículo 143).

Pese a ello se reporta un promedio de 110 faltas de este tipo cada día en Quito, según la Agencia Metropolitana de Tránsito. Los agentes han identificado que hay mayor incidencia por este problema en las horas pico (07:00 - 09:00 y 18:00-21:00). Pese a los controles, este Diario constató ayer que una motocicleta invadió el carril exclusivo de la Ecovía frente al parque La Alameda.

Los insultos

En el COIP, los insultos son considerados contravención de cuarta clase, sancionado con cárcel de 15 a 30 días. No obstante, esta norma aclara que se excluyen de esta pena si las expresiones son recíprocas y se dan en el mismo acto.

Esta infracción no constaba, pero Dianne Rodríguez, activista transexual de la Asociación Silueta X, dice que ha sido víctima permanente de esta contravención. Es más, a finales de octubre estuvo en la clandestinidad por las amenazas que recibió. Pero dice que los hechos pueden ir más allá, como la muerte un trans en Babahoyo.

Divulgar secretos

El artículo 179 dice que la revelación de secretos se castiga con pena privativa de libertad de seis meses a un año.  Los jueces de flagrancias, en Quito, explican que esta sanción solo se aplica cuando estos son de carácter profesional. “Si un psicólogo difunde lo que le cuenta su paciente, se lo puede demandar porque se enmarca dentro del secreto profesional”, señala uno de ellos.

Pero si alguien cuenta una intimidad a otra persona no se puede pedir sanción. La razón: “al momento de contar una intimidad a otra persona se rompe la confidencialidad y ya no es secreto”.

Agresión a agentes

Las agresiones a agentes del orden mientras se desempeñan en sus funciones se sancionan con hasta 15 días de cárcel. Pero este problema aún se presenta con recurrencia en Quito, según Julio Puga, director de Operaciones de la Agencia de Tránsito (AMT).

Desde la vigencia del Código Penal, esta entidad reportó aproximadamente 15 casos de uniformados que fueron maltratados. Ellos han sido víctimas de “bofetones y golpes”. Por eso, la AMT tiene previsto impulsar campañas de concienciación para que los choferes no agredan a los uniformados.