La Cancillería asegura que para ingresar a Ecuador los viajeros deben acatar las disposiciones de las autoridades y cumplir con el aislamiento preventivo obligatorio. Foto: Archivo/ EL COMERCIO.
Desde el 1 de junio del 2020 se mantiene vigente el protocolo al que deben sujetarse connacionales y extranjeros para su ingreso al Ecuador por la pandemia del covid-19. Sin embargo, hay casos en los que el viaje termina en enredos.
Uno de estos involucra a la escritora Paulina Briones. Ella en su página de Facebook aseguró que está retenida contra su voluntad en un hotel de Guayaquil desde el fin de semana pasado. Atribuyó este hecho a la “inoperancia de las autoridades”.
Briones explica que salió del país a la madrugada del sábado pasado por motivos personales y retornó el martes por la noche.
Añade que para esto se hizo una prueba de PCR el miércoles de la semana pasada para cumplir con la norma impuesta de que esa prueba tuviera vigencia 7 días.
Sin embargo, de regreso, en el aeropuerto de Guayaquil, a ella y a muchas otras personas les rechazaron la prueba con el argumento que debían haberla realizado en el lugar de dónde venían (no especificó).
Otros como la periodista Ruth del Salto, en la cadena NTN24, dieron cuenta de que ella y otros pasajeros no tuvieron inconvenientes en regresar desde Colombia en días pasados.
La Cancillería precisa que al ingresar al Ecuador se deben acatar las disposiciones de las autoridades nacionales y cumplir con el aislamiento preventivo obligatorio (APO).
El período del APO es de catorce (14) días. El conteo se realiza a partir del ingreso al país (13 noches, 14 días).
Los pasos consisten en:
Previo al ingreso al país se requiere de una prueba PCR.
Quienes posean el resultado negativo de una prueba PCR, realizada máximo hasta 7 días antes de su viaje, podrán hacer el APO en su domicilio.
Quienes no posean el resultado negativo de la prueba PCR, se someterán de forma obligatoria a una prueba de detección del covid-19 al ingresar a Ecuador y realizarán el APO en los lugares de alojamiento temporal, aprobados por las autoridades nacionales, en las mismas ciudades de arribo al país.
Para el Aislamiento Preventivo Obligatorio (APO):
Las personas podrán realizar el APO en domicilio en los siguientes casos:
Quienes posean el resultado negativo de una prueba PCR, realizada máximo hasta siete días antes de su viaje.
Las personas que pertenezcan a los siguientes grupos de atención prioritaria y sus acompañantes, con quienes retornan del exterior: menores de 18 años; mayores de 65 años; embarazadas; personas con discapacidades (con carné); y, personas con enfermedades catastróficas, enfermedades raras y huérfanas definidas por el Ministerio de Salud Pública.
A partir del séptimo día, la persona nacional o extranjera residente podrá realizarse la prueba PCR (en los laboratorios acreditados) y cumplir el período del APO restante en el domicilio, siempre y cuando el resultado de la prueba sea negativo. El costo será asumido por la persona.
En lugares de alojamiento temporal
• Los lugares de alojamiento pueden ser consultados en hoteles autorizados
• Los costos de estadía y alimentación para el cumplimiento del APO son asumidos por los viajeros.
• Las personas y familiares que tengan contacto con los viajeros a su arribo o mientras se encuentran cumpliendo el APO respectivo, deben cumplir también el período de aislamiento.
Movilización y Salvoconductos
Los costos del transporte al cumplimiento del APO en casa o en lugares de alojamiento temporal deben ser asumidos por los propios viajeros.
El salvoconducto para movilización se puede obtener en la página web del Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias.
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