Cuando Jorge Erazo sale a caminar por el sector de La Gatazo, en el sur de la urbe, suele encontrarse con llantas, tanques, mangueras, baldes, esponjas, llaves de tubo y otras herramientas que son utilizadas en mecánicas, lubricadoras y lavadoras, que ocupan las veredas como su área de trabajo.
El uso del espacio público para realizar actividades de mecánica, carpintería, pintura, cerrajería y todo tipo de actividades manuales, artesanales o industriales es una contravención de primera clase. Eso, según la Ordenanza 332, que regula la gestión integral de residuos sólidos.
Entre abril y diciembre del 2011 se registraron 320 contravenciones de este tipo.
Desde el 4 abril del 2011, la Agencia Metropolitana de Control asumió la competencia para vigilar el cumplimiento de estas contravenciones. Walter Enríquez, supervisor de la Agencia, explicó que se aplica un nuevo modelo de control, con la notificación de las contravenciones con boletas de citación.
Estas pueden ser entregadas por los comisarios zonales y por personal de la Policía Metropolitana. En nueve meses de controles operativos, en total se contabilizaron 6 831 contravenciones por irrespetar la Ordenanza 332. “Lo que busca esta normativa es que exista un manejo adecuado de residuos sólidos, que se cuide el ambiente y que se respete el espacio público”.
Para los vecinos de La Gatazo, caminar por las veredas de las calles Oe5H y Toacazo es difícil. En esa intersección funcionan siete lavadoras de autos. En la mayoría de negocios, los carros se lavan sobre la calzada y las herramientas están dispersas sobre la acera.
Para Gladis Yánez, pasar por delante de los carros que son lavados significa arriesgarse a recibir un chorro de agua. Aseguró que cuando ve que están lavando un vehículo en la calle, espera a que los empleados le den paso o se baja a la calle. Pero aún si se trata de rodear el vehículo, el viento hace salpicar el agua, al menos, a 2 metros de distancia.
Desde hace un año, Wellington Zambrano abrió su negocio de lavado de autos. Aseguró que en más de una ocasión estuvieron a punto de decomisarle sus herramientas. Intentó tramitar el permiso de funcionamiento, pero le negaron porque no tiene un local adecuado. “No tengo suficiente dinero para alquilar un garaje. Tampoco sé si en otro sector tendré tantos clientes como aquí”.
Para Silvia Mena, moradora de Santa Rita, otro problema son los residuos de aceite y grasa que se riegan sobre las aceras. “Cuando se mezclan con el agua se vuelve resbaloso. He sufrido algunas caídas por las veredas resbalosas”.
Una guía de prácticas ambientales para lavadoras, mecánicas y lubricadoras establece las normas técnicas para la instalación de estos negocios.
José Vera trabaja en una lubricadora de la avenida Rumichaca, en el sur. En el negocio se construyeron pozos y canales para conducir el agua residual hacia un pozo, donde se filtra parte de los residuos de aceite y grasa antes de evacuarlos al sistema de alcantarillado. “Todas las tardes también lavamos la vereda”.
Las multas por las contravenciones de la Ordenanza 233 van de USD 58,4 a USD 584. También se pueden aplicar medidas cautelares, como suspensión y clausura del negocio.
Enríquez explicó que en caso de flagrancia, el infractor deberá pagar el costo de la multa. Luego puede iniciar un proceso de impugnación. En ese caso, la sentencia tarda, en promedio, 30 días.
En caso de que la boleta sea emitida sobre la base de una denuncia, no es obligatorio que el presunto contraventor pague la multa para iniciar el proceso de impugnación.
Según datos del Censo Económico del 2010, en Pichincha hay 55 155 establecimientos de comercio al por mayor y menor y reparación de vehículos, que emplean a 144 788 personas.
Además del control, para Mena el respeto del espacio público es un problema de falta de valores ciudadanos y de sentido común.
Las contravenciones fijadas en la Ordenanza 332
De primera clase. Tener sucia la acera del frente al domicilio o negocio, arrojar colillas de cigarrillos, cáscaras, goma de mascar, etc. No sacar la basura en los horarios establecidos. Sacudir alfombras, cobijas y otros objetos en balcones, puertas y ventanas. Escupir, vomitar, orinar o defecar en la vía.
De segunda clase. Utilizar el espacio público para cualquier actividad comercial sin autorización. Ocupar el espacio público con materiales de construcción. Dañar el mobiliario urbano. Incinerar a cielo abierto basura, papeles, envases. Ensuciar el espacio público con trabajos de construcción.
De tercera clase. Abandonar animales muertos. Quemar llantas en la vía. Arrojar a las alcantarillas materiales sólidos y desechos tóxicos. Dejar sucio el espacio público luego de un espectáculo. Destruir contenedores, papeleras o mobiliario urbano instalado para la recolección de residuos.