Entre los siete consejeros titulares hay hermetismo para hablar de los posibles candidatos para la Presidencia del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
Según el artículo 40 de la Ley del Consejo, los vocales deberán elegir, de entre ellos, al presidente y vicepresidente del organismo en los primeros cinco días posteriores a su posesión. En esto se amparó la consejera Patricia Ordeñana, quien aseguró que la próxima semana cumplirán con esta disposición. Ese plazo vence el jueves próximo.
Esta decisión deberá ser la prioritaria porque en las instalaciones del Consejo están asignadas las oficinas para estas dignidades y para el resto de consejeros. Es decir, no podrán ocupar sus despachos, sino después de definir quién ejercerá el liderazgo en la institución.
La Presidencia y Vicepresidencia se ejercerá de manera alternada y secuencial entre hombre y mujer por la mitad del período para el que fueron electos.
El Presidente del organismo tendrá 10 atribuciones específicas. Entre ellas: ejercer la representación legal, judicial y extrajudicial, suscribir los contratos, delegar por escrito sus atribuciones y deberes al Vicepresidente. También se encargará de convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias, presentar el plan estratégico; el plan operativo anual y el plan anual de adquisiciones; así como los planes, programas y proyectos necesarios para su funcionamiento. Esto lo hará en la sesión del Pleno para su aprobación.
Pero su más importante misión es nombrar a los servidores del Consejo. Aún se desconocen cuántos nuevos funcionarios ingresarán a la nómina del organismo de control.
Hasta ayer, los consejeros revisaban la documentación que entregó el administrador encargado en su informe de labores. Asimismo, evalúan el desempeño da cada área del organismo.