La mayoría del Consejo de Administración de la Legislatura (CAL) calificó y admitió a trámite una segunda queja presentada por el correísmo en contra del presidente de la Comisión de Fiscalización, Fernando Villavicencio (ind.), que podría significar hasta 90 días de suspensión.
La decisión fue adoptada el 9 de octubre, en medio del feriado, por el presidente de la Asamblea, Virgilio Saquicela (ind.), los vicepresidentes Marcela Holguín (Unes) y Darwin Pereira (PK), y Ronny Aleaga (Unes), vocal del CAL. La oficialista Nathalie Arias se abstuvo. No se presentó Johana Moreira (ID), cuarta vocal.
La queja contra Villavicencio fue presentada por Patricia Núñez, legisladora del correísmo (Unes), por presuntamente haber incurrido en una falta muy grave al expresarse en términos ofensivos. Según la legisladora, él la llamó “puerca” por un comentario en redes sociales.
Esta acción se suma a otra que fue presentada por Ronny Aleaga (Unes) en contra de Villavicencio, supuestamente por vincularlo a la “narcopolítica” y ser parte de “los tetones”, tras la publicación de una fotografía en la que aparece en una piscina con otros sujetos que enfrentan procesos judiciales.
En este caso, Villavicencio remitió sus descargos al CAL el 3 de octubre pasado y pidió que la queja sea archivada por falta de sustento, y descartó haber incitado a terceros para que realicen publicaciones contra Aleaga.
Además, indicó que Aleaga aludió a hechos de una sesión del Pleno inexistente y señaló que en este caso no se garantizaría el principio de imparcialidad para juzgarlo, ya que identificó a Darwin Pereira y Marcela Holguín como sus “enemigos manifiestos” en el CAL.
Una tercera queja contra Villavicencio fue presentada por Pamela Aguirre, coordinadora de la bancada correísta, por similares motivos. El CAL requirió a la legisladora que la complete.
EL CAL, además, tiene pendiente una resolución sobre las quejas presentadas por Villavicencio en contra de 17 legisladores del correísmo y el PSC, por instigación a la violencia y al odio en su contra, y el uso de documentos falsos para desacreditarlo.
Las faltas administrativas muy graves serán sancionadas con suspensión, sin remuneración, de 31 a 90 días, dice el art. 171 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
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