La Corte Constitucional declaró inconstitucional parte del artículo 203 del Código de la Democracia que restringía el trabajo de los medios de comunicación durante la campaña electoral.
Ayer, el Pleno de la Corte modificó el veto presidencial que prohibía la difusión de “todo tipo de reportajes especiales” que puedan influir a favor o en contra de un determinado candidato, tesis o tendencia política en los medios comunicación.
Según la Unión Nacional de Periodistas (UNP), la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos (Aedep) y Fundamedios, que plantearon la acción judicial, esto significaba una restricción a la libertad de informar y de que los ciudadanos se informen sobre determinadas tendencias políticas y sus propuestas.
Los jueces acogieron el razonamiento de estas agrupaciones y en su lugar, aprobaron que se restrinja la “promoción directa o indirecta de los candidatos, tesis o tendencia política en los medios de comunicación”.
Sin embargo, incluyeron en el artículo la restricción de la promoción a través de las cuentas de redes sociales y blogs de los medios de comunicación. No se aclaró si esta limitación incluye a los comentarios de otras personas en las redes de los medios.
Por más de cuatro horas, los magistrados debatieron la legalidad de que se realicen modificaciones a las reglas electorales faltando menos de un año para los comicios. Esto está contemplado en la Constitución de la República.
Luego debatieron sobre la demanda de inconstitucionalidad del método D’Hont para la asignación de escaños en las elecciones de asambleístas, incluído por el presidente Rafael Correa en el veto parcial.
Según algunos políticos este mecanismo beneficiará a las mayorías. Esto fue demandado por el bloque legislativo de Alianza Libertad, porque aseguraron que ya fue declarado ilegal por el ex Tribunal Constitucional (TC).
Pero el Pleno resolvió que este mecanismo sí será utilizado en las elecciones de febrero del 2013.
El juez ponente, Alfonso Luz, declaró en su proyecto de ley la inconstitucionalidad de todos los textos demandados. Pero la mayoría de la Corte, liderada por Patricio Pazmiño, negó la propuesta con seis votos en contra y tres a favor.
De inmediato, Pazmiño entregó un texto alternativo, en el que se establecían estas modificaciones legales.
Los jueces de minoría cuestionaron esto, porque no el Presidente de la CC no tenía el visto bueno del Pleno y no conocían la nueva propuesta. Luego de leer el texto, empezó el debate.
Luego de casi cinco horas de análisis, rechazaron, con seis votos a favor y tres en contra, la inconstitucionalidad de los temas polémicos, en los que se incluía la posibilidad de que los candidatos puedan participar en las elecciones sin renunciar a sus cargos en el servicio público.
Breves:
El presidente de la Corte, Patricio Pazmiño, dijo que “es necesario que la Corte se pronuncie por el Código de la Democracia, “sino se afectaría de manera grave al proceso electoral y la democracia”.
El tema estuvo rezagado porque cuatro de los nueve jueces, los de mayoría, estaban en el concurso para reelegirse en la nueva CC.