La Asamblea aprueba difundir las fotos de los detenidos en flagrancia

La Asamblea aprobó difundir las fotos de detenidos en delitos flagrantes, dentro de la reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP). Foto: Vicente Costales/ EL COMERCIO

El Pleno de la Asamblea Nacional decidió este martes 17 de septiembre del 2019, con 97 votos a favor, aprobar la divulgación de fotografías y nombres de personas que cometan delitos y sean identificados en flagrancia, como lo establece el artículo 86 de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP).
El ajuste propuesto disponía agregar a continuación del artículo 529 el siguiente texto:
“Artículo 529.1.- Identificación en caso de delito flagrante.- La persona aprehendida por delitos contra la inviolabilidad de la vida, delitos contra la integridad sexual y reproductiva, delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar y los delitos de robo con muerte, sicariato, trata de personas y tráfico de migrantes, podrá ser identificada físicamente ante la comunidad y ante los medios de comunicación, única y exclusivamente en su calidad de aprehendido y siempre y cuando se haya calificado la legalidad de la aprehensión por delito flagrante. En estos casos se respetará el derecho constitucional de la persona a que se presuma su inocencia y a ser tratada como tal, mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia ejecutoriada”.
El texto fue aprobado después de que los legisladores votaran en contra de las reformas al Código Penal referentes a la incautación de bienes producto de delitos de corrupción. Esa propuesta solo contó con 59 votos afirmativos.
Durante la noche de este martes, los asambleístas también decidieron no aprobar la despenalización del aborto para víctimas de violación y dieron paso al uso del cannabis para fines terapéuticos.