En las ventanillas del SRI se resuelven las inquietudes de los contribuyentes sobre los trámites a cumplir. Foto: Vicente Costales / EL COMERCIO
El calendario tributario del 2020 trae tres novedades para los contribuyentes.
Los cambios se implementaron con la vigencia de la Ley de Simplificación Tributaria y rigen desde este enero.
Desde este año, las personas naturales y las empresas ya no pagarán el anticipo del impuesto a la renta. Este se cancelaba antes en dos cuotas, una en julio y otra en septiembre.
Aunque la ley terminó con la obligación del trámite, dejó la ventana abierta para quienes sí deseen pagar el tributo por adelantado. Los usuarios que opten por el anticipo, pero al final del ejercicio ese valor es superior a lo que debían cancelar, pueden pedir al SRI la devolución del saldo o usarlo también como crédito tributario, explica el abogado Javier Bustos, socio de ABC Tax.
Otra novedad es que las personas que perciben ingresos netos por más de USD 100 000 en el año no podrán deducir sus gastos personales, salvo cuando se trate de egresos generados por el tratamiento de enfermedades catastróficas, raras o huérfanas.
Aplica cuando el contribuyente, su cónyuge o conviviente, hijos o padres padecen alguno de estos males.
En ese caso podrán deducirse solo los gastos de salud por un monto máximo de USD 22 630, para quienes viven en el territorio continental, y de USD 40 801,89 para los habitantes de Galápagos.
El último cambio es que ahora la declaración del impuesto al valor agregado (IVA) y del impuesto a los consumos especiales (ICE) también se podrá hacer cada seis meses, para ello el usuario debe notificar al SRI su decisión. No obstante, se mantiene la posibilidad de declarar mensualmente, como ocurría anteriormente.
Fuera de estos temas, el calendario tributario del ejercicio fiscal sigue intacto.
Las fechas para el cumplimiento de las obligaciones se desglosan de acuerdo al noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC), entre los días 10 y 28 de cada mes.
Los dos primeros trámites que se deben cumplir en enero y febrero son la proyección de gastos personales del 2020 (que entregan las empresas) y el anexo de los gastos personales generados en el 2019, respectivamente.
Para este año, la base imponible del impuesto a la renta (ingresos gravados menos gastos deducibles) es de USD 11 315, de acuerdo con lo establecido por el SRI.
Es decir, quienes ganan más de esa cantidad, sin considerar décimos sueldos y fondos de reserva, tienen la obligación de declarar el impuesto.
Las personas naturales pueden deducir gastos por concepto de alimentación, educación (incluye arte y cultura), salud, vestimenta y vivienda. De los cinco rubros, del que más se puede deducir es salud, cuyo límite máximo asciende a USD 26 522,36.
El total de gastos personales deducibles este año será de hasta el 50% de los ingresos gravados del contribuyente, sin que superen los USD 14 709,50 para el territorio continental y USD 26 522,36 para Galápagos, explica el SRI.
En cuanto al anexo de gastos, las personas naturales en relación de dependencia, que presentaron su proyección de gastos en el 2019 por un máximo de hasta USD 14 703, deben sustentar los consumos realizados.
Es prioritario que el contribuyente almacene todos los comprobantes de venta que le permitan justificar sus gastos, con miras a pagar un menor impuesto e incluso pedir devoluciones, si corresponde, añade Cristina Trujillo, directora técnica del Colegio de Contadores Públicos de Pichincha.
Las facturas digitales, cuyo uso es cada vez más común entre la población, han facilitado las declaraciones y presentación de formularios. Los expertos recomiendan almacenar estos documentos en un correo electrónico creado únicamente para este fin.
Las devoluciones también se tramitan en febrero. Si el SRI da la razón al usuario, transferirá el dinero a una cuenta bancaria previamente registrada.
En marzo, las personas naturales, ya sea que estén obligados a llevar contabilidad o no, declaran el impuesto a la renta. Es un trámite personal que se puede realizar por Internet.
Allí se detallan todos los movimientos de dinero que causaron ingresos, gastos y retenciones durante el año que terminó (en este caso el 2019).
Si el contribuyente trabaja en una empresa y, adicionalmente, tiene ingresos por otras actividades económicas, Bustos y Trujillo recomiendan consolidar todo y hacer una sola declaración.
En mayo, en cambio, se presenta la declaración patrimonial, que se puede hacer de forma individual o en sociedad conyugal.
Este proceso agrupa a todos los activos que se posean hasta el 1 de enero de cada año y que no superen 20 fracciones básicas, si la declaración es individual (USD 226 300), y 40 fracciones si se hace en sociedad conyugal (USD 452 600).
En los meses de julio y agosto los trabajadores tienen la alternativa de ajustar la proyección de gastos personales que presentaron en enero. El nuevo reporte deberá ser entregado al empleador.
La diligencia se la podrá hacer en cualquier mes del año, en el caso de existir un incremento en el sueldo o salario, o cuando los gastos personales proyectados previamente sean superiores a los que efectivamente se estime efectuar, aclara el SRI.
No olvide
Facturas. Revise que las facturas que reciba tengan el número de autorización del SRI, de lo contrario no serán válidas.
Reserva. Los expertos aconsejan guardar las facturas por, al menos, 7 años, ya que el SRI puede solicitar los comprobantes tiempo después de las declaraciones.
Clave. Para realizar los 81 servicios en línea que tiene el SRI, el contribuyente debe obtener una clave de acceso. Este trámite se hace personalmente en la entidad.
Exentos. La persona que gane menos de USD 11 315 al año no declara impuesto a la renta.