El 15 de abril vence el plazo para el pago de utilidades

El Ministerio de Relaciones Laborales recuerda a las empresas privadas que, el plazo para el pago de utilidades a los empleados y trabajadores es hasta el 15 de abril de 2014. El valor a recibir por parte de los trabajadores está determinado proporcionalmente al tiempo laborado en el período comprendido entre el 01 de enero al 31 de diciembre de 2013 y cargas familiares que tengan.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 97 del Código de Trabajo: "El empleador o empresa reconocerá en beneficio de sus trabajadores el quince por ciento (15%) de las utilidades líquidas". Dicho porcentaje se distribuye: Diez por ciento (10%) para los trabajadores de la empresa y, el cinco por ciento (5%) restante será entregado directamente a los trabajadores de la empresa, en proporción a sus cargas familiares.

El Ministerio de Relaciones Laborales implementará mecanismos de vigilancia y control para la constatación del pago del 15% de utilidades, a través de un cruce de información actualizada con el Servicio de Rentas Internas.

La legalización del pago de utilidades se realizará vía internet en base al noveno dígito del Registro único de Contribuyentes (RUC), de acuerdo al siguiente cronograma:

Noveno Dígito del RUC

Fecha de pago al Trabajador

Fecha de legalización de Participación de Utilidades

1, 2, 3, 4 y 5

 

Hasta el 15 de abril  de 2014

19 de mayo de 2014 al 20 de junio de 2014

6, 7, 8, 9 y 0

 

23 de junio de 2014 al 25 de julio de 2014

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