Redacción Negocios
El pago de las deudas de la banca en liquidación al Estado solo incluirá el interés que se generó desde que recibieron las ayudas económicas hasta que entraron en saneamiento.
Sobre los deudores
En el caso de los deudores de los bancos, los intereses sí se calcularán hasta la fecha de cancelación, dijo Camilo Samán, titular de la CFN.
La CFN tiene una cartera vencida y sin garantías de cobro de los ex clientes de bancos cerrados de USD 140 millones, incluidos capital e intereses.
Con la emisión de los Certificados de Pasivos Garantizados (CPG) para que los deudores paguen sus deudas, la CFN solo recuperó USD 101 716.
Este ha sido uno de los cuellos de botella del proceso de liquidación por muchos años.
Esto debido a que no se definía si el cálculo de intereses debía hacerse durante el saneamiento, la liquidación o a la fecha.
Sin embargo, Camilo Samán, presidente de la Corporación Financiera Nacional, explicó que las dudas ya fueron despejadas con la ‘Súper’ de Bancos.
Y se estableció que los intereses se fijen hasta que los 33 bancos entraron a saneamiento, es decir, entre 1998 y 1999.
Una vez aclarado este punto, se elaboró un reglamento, con base en el cual se realizará el cruce de cuentas entre los bancos y las entidades acreedoras.
En este documento, además, se establecen las condiciones de recepción de bienes, como dación de pago de las deudas.
Y está previsto que el Directorio de la CFN conozca este reglamento el próximo jueves.
Para el ex asambleísta, León Roldós, esta es una forma de disminuir las pérdidas de los bancos y que al final sea el Estado quien asuma.
A decir de Gloria Sabando, superintendenta de Bancos, las pérdidas de los bancos alcanzan los USD 3 500 millones, hasta hace un año eran USD 2 700.
Pero si se quita el costo financiero en el que incurrió la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD), el hueco patrimonial baja a USD 2 300 millones.
Según Roldós, la Ley de Instituciones Financieras establece que los intereses deben calcularse hasta que las entidades entren a liquidarse. “Esto se fija para depositantes, personas jurídicas… y este principio debería aplicarse para entidades públicas, aunque no estén primeras en el orden de prelación. Lo que pasa es que, ahora, el Gobierno ni cobra ni paga intereses”.