En la resolución la Armada aduce que se ha establecido que el anuncio una terminación unilateral del contrato se tomó sin observarse lo prescrito en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Foto: EL COMERCIO
El ‘impasse’ entre la Prefectura del Guayas y la Armada Nacional por el dragado sobre el islote El Palmar, en el río Guayas, se profundiza. El Juez Aquiles Dávila decidió suspender los “efectos jurídicos” del oficio con el que la Prefectura anunció la terminación unilateral del contrato con la Armada para el retiro de sedimentos en el afluente.
El magistrado, de la Unidad Judicial de Garantías Penales de Competencia en Delitos Flagrantes de Guayaquil, acogió así las medidas cautelares solicitadas por el comandante de la Armada, Darwin Jarrín, en contra del prefecto del Guayas, Carlos Luis Morales, y de la Procuraduría.
En la resolución se informa que la decisión tiene como fin evitar la amenaza de violación de los derechos constitucionales al debido proceso y a la seguridad jurídica. “Y así prevenir la ocurrencia de hechos, conforme se desprende de lo argumentado en la acción constitucional por la institución amenazada, esto es bajo las prevenciones establecidas en el Art. 30 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional”, señala la resolución.
En el escrito el Juez aclara que la medida cautelar es de carácter temporal y durará hasta que se establezca la o no terminación del contrato firmado el 18 de abril de 2018, siguiendo los parámetros establecidos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
“Sin que se realicen anunciaciones de manera directa o indirecta la terminación del contrato de forma unilateral, es decir, que cualquier decisión que se efectúe no se realice pronunciaciones a futuro de cualquier naturaleza”, puntualiza.
En la resolución la Armada aduce que se ha establecido que el anuncio una terminación unilateral del contrato se tomó sin observarse lo prescrito en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
“Es decir, que de proceder o no una terminación unilateral de contrato es contrario que se haga manifestaciones de manera pública un resultado sin conocer los descargos por parte del accionante, ya que con los descargos podría tomarse otra decisión y no la que en reiteradas ocasiones se ha anunciado (terminación unilateral del contrato)”.
De acuerdo con el documento, en esas circunstancias, se observó la amenaza de este derecho constitucional a la seguridad jurídica del legitimario activo.
El prefecto guayasense lamentó que la Armada del Ecuador haya concurrido a la Justicia y criticó que el magistrado haya aceptado la medida cautelar en un corto tiempo, pese a que le documentación del caso “le tomaría varias semanas a un profesional experto”.
“Demandamos de las más altas autoridades de la Corte Nacional de Justicia y del Consejo Nacional de la Judicatura que se sanciones al juez Aquiles Dávila”.
Morales afirmó además que las declaraciones del Comandante general de la Armada revelan que en este caso hubo la carencia “absoluta de los estudios técnicos verdaderos”.
Sobre la terminación unilateral, el prefecto afirmó que la notificación no causó ningún efecto jurídico contra la Armada.