Un hombre es sentenciado a 20 años de cárcel por la violación de adolescente en La Maná, Cotopaxí

Imagen referencial. El agresor amenazó al adolescente y lo obligó a desvestirse. Foto: Fiscalía

Imagen referencial. El agresor amenazó al adolescente y lo obligó a desvestirse. Foto: Fiscalía

Imagen referencial. El agresor amenazó al adolescente y lo obligó a desvestirse. Foto: Fiscalía

Danny S. fue sentenciado a 20 años de cárcel como autor directo del delito de violación cometido contra un adolescente de 16 años. El hecho ocurrió en el cantón La Maná, provincia de Cotopaxi, en septiembre del 2020.

De acuerdo con información del Ministerio Público publicada este jueves, 28 de enero del 2021, el fiscal Kléber Veintimilla indicó que el 5 de septiembre de 2020, en horas de la noche, la víctima se encontraba en el sector de la pista de carreras de motos en La Maná con varios amigos cuando Danny S. se acercó, le ofreció sustancias ilícitas y se lo llevó a orillas del río San Pablo.

En la madrugada, indica la información, el agresor rompió una botella de vidrio y con el pico amenazó al adolescente con cortarle el cuello si no le entregaba dinero. Al darse cuenta de que no tenía, lo obligó a desvestirse y lo violó.

El fiscal relató que luego de un forcejeo, el joven logró quitarle el pico de la botella y con el afán de defenderse le hizo varios cortes en diferentes partes del cuerpo y salió corriendo del lugar, pidiendo auxilio.

En la audiencia de juzgamiento, el fiscal Veintimilla presentó al Tribunal de Garantías Penales de Cotopaxi el testimonio anticipado de la víctima, el informe de reconocimiento del lugar y de evidencias, el informe médico-legal del acusado, la valoración psicológica del adolescente, el informe psicológico de rasgos de personalidad del agresor y varias pruebas documentales.

Con estos elementos probatorios, señala la información, la Fiscalía demostró la materialidad de la infracción y la responsabilidad penal de Danny S. como autor del delito de violación, tipificado y sancionado en el artículo 171, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), desvirtuando así la teoría de la defensa, de que habría existido consentimiento en el hecho.

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