El país entero se alista para celebrar el Carnaval. Foto: EL COMERCIO
Desde el sábado 6 hasta el martes 9 de febrero se vivirán fiestas, desfiles, comparsas en este feriado de Carnaval, que es recuperable. Las instituciones públicas trabajarán obligatoriamente los sábados 13 y el 20 de este mes, para compensar los días de asueto otorgados por esta festividad.
La Presidencia de la República expidió, el pasado 28 de diciembre de 2015, el Decreto 858 que establece el calendario de feriados nacionales obligatorios, recuperables, traslados y puentes para el sector público, con vigencia hasta el 2020.
En el documento se indica que esta normativa aplica obligatoriamente para los funcionarios del Estado, pero que el sector privado puede acogerse a las jornadas de descanso establecidas en el calendario.
La mayoría de empresas privadas dispusieron los mismos días de asueto que se encuentran en el Decreto Presidencial para sus empleados. Mientras que el sector bancario atenderá a través de cajero automático.
En tanto, los establecimientos educativos del régimen Sierra y Amazonía entran en el período de descanso por la finalización del primer quimestre, desde el 6 hasta el 14 de febrero. Los estudiantes de la Costa están en periodo de vacaciones desde el pasado 1 de febrero.