El director nacional jurídico del Servicio de Rentas Internas (SRI), Andrés Cortez, realizó a los integrantes de la Comisión de Derechos de los Trabajadores, tres observaciones al proyecto de Ley Orgánica para la Optimización de la Jornada Laboral y Seguro de Desempleo.
Las observaciones fueron plateadas la tarde de este miércoles 2 de marzo del 2016 al interior de la Comisión, que recibió en comparecencia al ministro de Trabajo, Leonardo Berrezueta, al presidente del directorio del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y al delegado del SRI.
El primero fue considerar parámetros para que una compañía se acoja a la reducción de la jornada laboral. Para esos casos excepcionales en que se firme un contrato entre empleadores y trabajadores, aceptando ese ajuste de horario, la empresa tiene que demostrar una reducción significativa de sus ingresos, según el SRI.
Cortez dijo que ese porcentaje debería oscilar entre 30 y el 50%, de ese modo no quedará abierta la posibilidad de que cualquier compañía opte por esa opción.
La segunda es que la Comisión debe realizar una diferenciación entre lo que son utilidades y dividendos. En el proyecto consta la palabra utilidades. Cortez dijo que el término adecuado cuando se habla del reparto de ganancias de una empresa es dividendos, las utilidades se entregan a los trabajadores.
Y el tercer punto que deberán considerar en la Comisión es que, pese a que el Estado es el que pagará el aporte a la Seguridad Social cuando una empresa contrate a trabajadores jóvenes, ese aporte sea un gasto deducible para el empleador.
Fausto Cayambe, integrante de la Comisión de Derechos de los Trabajadores, consideró prudente tales observaciones, en especial los parámetros dados para que las compañías se acojan a la reducción de horas laborales con sus empleados, porque se evitaría un acuerdo interno entre empleados y trabajadores para ajustar la jornada laboral.