Hombre es llamado a juicio por el femicidio de Nelly…
Más de 10 migrantes se ahogaron en los crecidos ríos…
Exfuncionarios de la Asamblea entregan bienes y espe…
Leonidas Iza y Salvador Quishpe disputarán candidatu…
Hermanas sentenciadas por peculado tras perjudicar a…
Lula da Silva espolea eventual vuelta de Venezuela a…
Bus volcado y un auto destruido, en dos siniestros e…
Joven estudiante fue asaltada con violencia en La Gasca

¿Cuáles son las penas de los delitos por los que fue detenido Leonidas Iza?

Leonidas Iza, presidente de la Conaie, fue detenido la madrugada de este 14 de junio de 2022 por los supuestos delitos de rebelión y paralización de servicios públicos. Foto: Twitter Leonidas Iza.

El presidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), Leonidas Iza fue detenido la madrugada del martes 14 de junio de 2022, en medio de un paro nacional convocado por varios movimientos sociales.

Al dirigente se le leyeron sus derechos, en castellano y quichua y se le mencionó que se lo detenía como presunto autor de los delitos de rebelión y paralización de servicios públicos, ambos tipificados en el Código Integral penal en sus artículos 336 y 346, respectivamente.

La ley ecuatoriana se basa en la presunción de inocencia, es decir que considera a un acusado inocente hasta que se demuestre de manera contundente su participación en el delito que se le acusa.

Además de demostrar su participación, se debe establecer si fue directa o indirecta, ya que de esto dependerá la pena que reciba.

Artículo 336

El COIP señala las sanciones que se sebe aplicar a la persona "que se alce o realice acciones violentas que tengan por objeto el desconocimiento de la Constitución de la República o el derrocamiento del gobierno legítimamente
constituido, sin que ello afecte el legítimo derecho a la resistencia".

De encontrarse a Iza culpable de este delito puede ser sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Sin embargo, el artículo señala que "La persona que realice uno o varios de los siguientes actos, será sancionado con pena privativa de libertad de siete a diez años".

  1. Se levante en armas, para derrocar al gobierno o dificultar el ejercicio de sus atribuciones.
  2. Impida la reunión de la Asamblea Nacional o la disuelva.
  3. Impida las elecciones convocadas.
  4. Promueva, ayude o sostenga cualquier movimiento armado para alterar la paz del Estado.

Artículo 346

Este numeral del COIP se refiere a la paralización de un servicio público. "La persona que impida, entorpezca o paralice la normal prestación de un servicio público o se resista violentamente al restablecimiento del mismo; o, se tome por fuerza un edificio o instalación pública, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Movimiento Indígena se defiende

Las diferentes organizaciones miembros de la Conaie pidieron la liberación de Iza y anticiparon que radicalizar aún la protesta hasta que se cumpla su pedido.

Hatari Sarango, vicepresidente de la Fenocin, señaló que calificarlos de vándalos "es una política demagógica de este gobierno".

Continúa la #MovilizaciónNacional en #Ecuador. Estas son las provincias afectadas con bloqueo de vías » https://bit.ly/39oacAi

Posted by El Comercio on Tuesday, June 14, 2022