En el caso de Bravo (izq), en este momento la jueza analiza aceptar o no el procedimiento abreviado. Foto: Cortesía Petroecuador
La mañana de este 9 de febrero del 2017, la Fiscalía aceptó el procedimiento abreviado para Álex Bravo, el exgerente de Petroecuador que es investigado por presunto enriquecimiento ilícito al interior de la estatal petrolera.
Con ello, la entidad sugirió una pena de 4 años y ocho meses de cárcel. En procesos judiciales normales, este delito es penado hasta con 10 años de cárcel, según el artículo 279 del Código Penal.
El COIP también fija seis reglas para las personas que pueden someterse a un procedimiento abreviado.
Hay dos que son imprescindibles.
La primera: que los delitos investigados no superen los 10 años de cárcel. Es decir, los procesados por asesinato, feminicidio, violación u otros delitos graves no pueden acceder a este mecanismo jurídico.
La segunda: que el sospechoso “consienta expresamente tanto la aplicación de este procedimiento como la admisión del hecho que se le atribuye”.
En el caso de Bravo, en este momento la jueza analiza aceptar o no el procedimiento abreviado.