El sector minero de Ecuador atraviesa por una grave crisis, que limita el desarrollo de la actividad formal, y a la vez, se mantiene la conflictividad con las comunidades.
Pese a que la Constitución del 2008 establece la consulta previa para la aprobación de los proyectos, los asambleístas no discuten sobre la imperiosa necesidad de esa ley. Las empresas e inversionistas no pueden avanzar en sus exploraciones o explotaciones por la inexistencia de esta normativa.
La actividad minera se desarrolla oficialmente en Ecuador desde el 2019 con el funcionamiento del proyecto de oro, Fruta del Norte, en Zamora Chinchipe. La minería es el tercer rubro de exportaciones no petroleras, que en 2023 fueron más de 2 000 millones de dólares.
La Asamblea Nacional tiene la obligación de construir esa ley, pero han pasado 16 años y no lo ha hecho. La misma Corte Constitucional conminó a los asambleístas para que elaboraran y aprobaran esta normativa para regular la minería.
Ese mandato constitucional sigue sin cumplirse, sin que exista ninguna vigilancia u observación de parte de la misma Corte, para que la Asamblea cumpla.
¿Por qué la Corte Constitucional no ha destituido a los responsables de aprobar esa Ley? ¿Por qué la Asamblea no se dedica a resolver este problema? Este vacío jurídico perjudica a los ecuatorianos en su economía y en los permanentes enfrentamientos en las comunidades.
Sí, hay perjuicios, porque los proyectos concesionados, a través del Catastro Minero, no pueden avanzar, para la explotación de recursos, como el oro, cobre, plata y otros minerales importantes. También, afecta porque la falta de esa Ley ocasiona la existencia de la minería legal de parte de grupos criminales o de personas que se aprovechan de este vacío legal.
Con la consulta previa se garantiza que la comunidad sea informada sobre actividades extractivas.
En junio de 2023, el expresidente Guillermo Lasso emitió el Decreto 754 para facilitar el desarrollo de la actividad minero. Sin embargo, la Conaie y Confeniae presentaron una acción de inconstitucionalidad. La Corte Constitucional dio paso a la acción y se paró la actividad minera.
El Ministerio de Energía expidió en marzo de 2024 un manual para hacer la consulta previa, pero este instrumento no tiene validez, ya que no existe la Ley.
Sin eso, no se puede aplicar la consulta previa, como sucede en el proyecto minero La Plata, en Cotopaxi. La consulta previa está parada, luego de una medida cautelar, aceptada por un juez de Latacunga.
Los grupos antimineros impidieron esa actividad, a través de amenazas, enfrentamientos y violencia contra la población de Palo Quemado, donde está La Plata.
¿Cuánto tiempo tiene que pasar para que la Asamblea haga su trabajo y tenga paralizada la actividad minera?