Los contribuyentes acuden al SRI para informarse sobre el pago de sus impuestos. Foto: Paúl Rivas/ EL COMERCIO
El Servicio de Rentas Internas envió en un comunicado hoy, 10 de marzo, con las fechas para la declaración del Impuesto a la Renta del periodo fiscal 2014.
De acuerdo al noveno dígito del RUC o cédula, las personas naturales que durante el año pasado obtuvieron ingresos superiores a USD 10 410 están obligadas a declarar el Impuesto a la Renta (IR) y deberán hacerlo de acuerdo a las fechas en este calendario.
En caso de que una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados, la declaración se podrá realizar el siguiente día hábil. No obstante, los canales electrónicos están habilitados todos los días del año para hacer el trámite.
Para elaborar la declaración, el contribuyente debe descargar la aplicación DIMM Multiplataforma que está disponible en el portal web: www.sri.gob.ec y llenar los datos correspondientes (formularios 102 A para las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad y 102 para las personas naturales obligadas a llevar contabilidad) y enviando la información en la opción Servicios en Línea.
Las personas que trabajan en relación de dependencia con un solo empleador no están obligadas a presentar declaración de Impuesto a la Renta, pues éste se sustenta en el formulario 107.
Las personas naturales podrán deducirse sus gastos personales sin IVA ni ICE, así como los de su cónyuge o conviviente e hijos menores de edad o con discapacidad que dependan del contribuyente. Estos gastos no pueden ser superiores al 50% del total de los ingresos gravados ni superar el límite de deducción de USD 13 533.
Recuerde que podrá deducir sus gastos para cinco rubros básicos. Para los montos de vivienda, educación, alimentación y vestimenta podrá deducir hasta USD 3 383. En el caso de salud podrá deducir el total del valor.
Para establecer el monto que debe pagar por el impuesto, se debe utilizar la siguiente tabla:
Para cancelar el Impuesto a la Renta, el Servicio de Rentas Internas ha puesto a disposición del contribuyente las opciones de registro de convenios de débito y el pago en las instituciones financieras habilitadas a nivel nacional
Recuerde que desde este año podrá diferir el pago del Impuesto a la Renta hasta 24 meses.