El presidente de la Corte Provincial de Justicia de Azuay, Pablo Valverde, dictó medidas cautelares en contra del Alcalde de Sevilla de Oro. Sobre este último se sigue una causa por supuesto enriquecimiento ilícito. Él fue llamado a juicio el 19 de marzo de 2018, tras la audiencia de evaluación y preparatoria.
Entre las medidas cautelares ordenadas por el Juez están la prohibición de salida del país y enajenar bienes y la retención de los fondos de una cuenta bancaria. La acusación sustentada por el fiscal provincial de Azuay, Adrián Rojas, se basa en un informe de indicios de responsabilidad penal emitido por la Contraloría General del Estado.
Ese documento forma parte de un examen especial a las declaraciones juramentadas que fueron presentadas por el Burgomaestre. Allí, se analizaron depósitos y acreditaciones a sus cuentas bancarias por un monto de USD 538 677. El Fiscal destacó que en ese monto no se consideran los valores que recibió esta autoridad cuando fue concejal de Sevilla de Oro, entre agosto de 2009 y noviembre de 2013.
Además, existen depósitos y acreditaciones, según la Fiscalía, en las cuentas bancarias de su esposa e hijos. Rojas aseguró que el Alcalde no ha justificado la procedencia de esos recursos dentro de los plazos concedidos por la Contraloría y Fiscalía. En sus versiones, el Burgomaestre aseguró que cuando se desempeñaba como concejal también se dedicaba a la construcción de obras civiles.
El delito de enriquecimiento ilícito es sancionado en el artículo 279 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se establece un privación de la libertad de hasta 10 años.
En noviembre del 2017, el Concejo Cantonal de Sevilla de Oro removió del cargo al Alcalde por una deuda de USD 143 049 al Servicio de Rentas Internas (SRI). La Ley Orgánica de Servicio Público fija que los funcionarios públicos no pueden adeudar al Estado. La propuesta de remoción fue presentada por un grupo de ciudadanos. El vicealcalde Patricio Amaya convocó a la sesión que separó al Alcalde y elevó la decisión al Tribunal Contencioso Electoral, que dejó sin efecto la remoción, “porque los procedimientos no se apegaron a la Ley”. Según el Burgomaestre, el SRI no tenía registrado un abono que hizo por USD 23 000 y dijo que estaba por firmar un plan de pago.